Estoy con Guillermo, el metodo de KARGRA interesa mucho pero necesito detalles!! donde compras la pintura?, que tipo de pintura?, no le das ninguna laca protectora despues? Muchos Saludos Y GRACIASpillo un par de botes de spray de pintura de coche el color a elegir, y empiezo a pintarla verticalmente arriba abajo y de abajo arriba sin moverme ya gira la botella sola, y os puedo asegurar que quedan maqueadisimas, un par de manos y perfectas, eso si es conveniente hacerlo en verano que asi se seca mejor la pintura y darle un par de manos finitas para que no se cuartee la pintura
Pintar botellas: ¿Legal?
- Bimbache
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Actualmente en el dique seco.
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Bueno, yo me encontre dos botellas recientemente en la basura, con estas son ya cuatro las que llevo recogidas de la basura, todas de aluminio, bueno vivo en Rota y aqui como que es algo normal, ya que con la base naval, los americanos muchas veces cuando cambian de destino las tiran, bueno a lo que vamos, las dos ultimas, no tenian muy buena pinta, por lo que antes de hacer nada las lleve a contrastar y limpiar, una vez listas, les di dos manos de multiuso y dos manos de pintura metalica con esmalte, el resultado final fue este, antes de darle nada les di con un decapante que las dejo peladas, vamos les quito toda.
El antes y el despues.
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- Guillermo A.
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Hola CaptGarfio, te han quedado nikeladas, que bonitas!!!
Te iva a pedir un fabor:
Yo no tengo ni idea de pintura ni leches, ¿seria mucho pedir que me mandaras un privado y en este mismo hilo (a tu gusto) de los procesos que sigues para decaparla y pintarla? desde el momento que te pones a ello hasta que estan asi de impolutas como se ven en la foto, asi como los productos que usas y herramientas.
Te iva a pedir un fabor:
Yo no tengo ni idea de pintura ni leches, ¿seria mucho pedir que me mandaras un privado y en este mismo hilo (a tu gusto) de los procesos que sigues para decaparla y pintarla? desde el momento que te pones a ello hasta que estan asi de impolutas como se ven en la foto, asi como los productos que usas y herramientas.
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La razón por la que el mundo está en caos,
... es porque las cosas están siendo amadas
y las personas están siendo usadas
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Capitan garfio, perdona mi ignoracia, que es el multiuso? Un tipo de pintura?CaptGarfio escribió:Bueno, yo me encontre dos botellas recientemente en la basura, con estas son ya cuatro las que llevo recogidas de la basura, todas de aluminio, bueno vivo en Rota y aqui como que es algo normal, ya que con la base naval, los americanos muchas veces cuando cambian de destino las tiran, bueno a lo que vamos, las dos ultimas, no tenian muy buena pinta, por lo que antes de hacer nada las lleve a contrastar y limpiar, una vez listas, les di dos manos de multiuso y dos manos de pintura metalica con esmalte, el resultado final fue este, antes de darle nada les di con un decapante que las dejo peladas, vamos les quito toda.
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El Multiuso, es lo mismo que el minio, es una pintura protectora para superficies de dificil adherencia, en este caso como se trata de botellas de aluminio, es lo que procede, ademas anticorrosiva, ideal para nuestras botellas. No se suele utilizar como pintura mas bien como proteccion anterior al pintado aunque tampoco queda mal con un par de capas de multiuso, existen en varios colores, Blanco, es la que yo he usado pero tambien esta en colores oscuros. el resultado de dos manos de multiusos, es este:
tampoco quedan nada mal. Un saludo.
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Verbigracia:Enrique Dauner escribió:Pues entonces, si la metes en un horno a 100ºC no veas lo que puede pasar... Yo no lo haría ni en broma. Viví en una ocasión la explosión de una botella durante el proceso de carga y te aseguro que es algo espantoso.
Reproducción de la página de la sección de notícias de la revista "Inmersión" de octubre de 1986, revista que dirigiste tu mismo y tu mismo la escribiste y que por otra parte originó la rigidez de las normativas que ahora están en vigor.
Podría decir que he visto hasta la saciedad las fotos de cómo quedo el local después de la explosión.
Tengo un bibotella LAF en casa..de 1976...todavía se escapa un poco de aire cuando abres el grifo...Cada vez que lo veo pienso en ese día.
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Es verdad. Eso lo escribí yo. Y prefiero no recordar ese día, aunque ya casi han pasado 23 años.
A raíz de ese accidente se me ocurrrió hacer una prueba personal. Desmonté la grifería de una de mis botellas, eché la colilla de un cigarrillo dentro, volví a montarle el grifo y la envié a contrastar. Cuando me la devolvieron llevaba estampada la fecha de contraste y venía acompañada de un documento en el que se atestiguaba que había sido inspeccionada visualmente, que había superado las pruebas hidráulicas, bla, bla, bla. La abrí, y en su interior seguía estando la colilla y su ceniza.
Jamás he vuelto a llevar una botella al contraste. Ni siquiera las que tenía en el centro de buceo en El Hierro. Cuando les quedan unos meses de vigencia las vendo a buen precio (siempre están muy bien cuidadas) y compro otras nuevas. Seguro que creereis que soy un exagerado, pero esa vivencia fue de las que marcan para siempre. Con eso no se juega.
A raíz de ese accidente se me ocurrrió hacer una prueba personal. Desmonté la grifería de una de mis botellas, eché la colilla de un cigarrillo dentro, volví a montarle el grifo y la envié a contrastar. Cuando me la devolvieron llevaba estampada la fecha de contraste y venía acompañada de un documento en el que se atestiguaba que había sido inspeccionada visualmente, que había superado las pruebas hidráulicas, bla, bla, bla. La abrí, y en su interior seguía estando la colilla y su ceniza.
Jamás he vuelto a llevar una botella al contraste. Ni siquiera las que tenía en el centro de buceo en El Hierro. Cuando les quedan unos meses de vigencia las vendo a buen precio (siempre están muy bien cuidadas) y compro otras nuevas. Seguro que creereis que soy un exagerado, pero esa vivencia fue de las que marcan para siempre. Con eso no se juega.
Nikonos RS + 13mm forever
Instructor FEDAS / CMAS 3 E
ACUC Advanced Scuba Instructor
Vintage-Diver
www.hdses.com
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Enrique Dauner escribió:Es verdad. Eso lo escribí yo. Y prefiero no recordar ese día, aunque ya casi han pasado 23 años.
A raíz de ese accidente se me ocurrrió hacer una prueba personal. Desmonté la grifería de una de mis botellas, eché la colilla de un cigarrillo dentro, volví a montarle el grifo y la envié a contrastar. Cuando me la devolvieron llevaba estampada la fecha de contraste y venía acompañada de un documento en el que se atestiguaba que había sido inspeccionada visualmente, que había superado las pruebas hidráulicas, bla, bla, bla. La abrí, y en su interior seguía estando la colilla y su ceniza.
Jamás he vuelto a llevar una botella al contraste. Ni siquiera las que tenía en el centro de buceo en El Hierro. Cuando les quedan unos meses de vigencia las vendo a buen precio (siempre están muy bien cuidadas) y compro otras nuevas. Seguro que creereis que soy un exagerado, pero esa vivencia fue de las que marcan para siempre. Con eso no se juega.
Don Enrique ,estoy con usted al 100% ,yo prefiero hacer lo mismo. Aparte de mimarlas desde que las estreno ,hasta que las cambio.
Un saludo.
Posdt: Sabe más el Diablo por viejo ...Que por Diablo.
Reposdt: Es un lujo tenerle por estos lares.
VENDO ALA HALOCLINA DE CORDURA PARA BIBOTELLA O PARA MONOBOTELLA CON EL ADAPTADOR .ARENES ,PLACA INOX ,Y ADAPTADOR MONOBOTELLA,PERFECTO ESTADO .COLOR NEGRO. 300€.
BOTELLA FABER DE ACERO 5 Litros .NUEVA DE ESTADO POR 80€. POR NO USAR.
Foto de Yoguisub en la Cueva de la " s" en la peninsula de Formentor ( Mallorca).
Retocada por cortesia de mi amiga ... Ichi.
BOTELLA FABER DE ACERO 5 Litros .NUEVA DE ESTADO POR 80€. POR NO USAR.
Foto de Yoguisub en la Cueva de la " s" en la peninsula de Formentor ( Mallorca).
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- Guillermo A.
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¡¡Jodo, Enrique!! me has dejado de piedra.Enrique Dauner escribió:Es verdad. Eso lo escribí yo. Y prefiero no recordar ese día, aunque ya casi han pasado 23 años.
A raíz de ese accidente se me ocurrrió hacer una prueba personal. Desmonté la grifería de una de mis botellas, eché la colilla de un cigarrillo dentro, volví a montarle el grifo y la envié a contrastar. Cuando me la devolvieron llevaba estampada la fecha de contraste y venía acompañada de un documento en el que se atestiguaba que había sido inspeccionada visualmente, que había superado las pruebas hidráulicas, bla, bla, bla. La abrí, y en su interior seguía estando la colilla y su ceniza.
Jamás he vuelto a llevar una botella al contraste. Ni siquiera las que tenía en el centro de buceo en El Hierro. Cuando les quedan unos meses de vigencia las vendo a buen precio (siempre están muy bien cuidadas) y compro otras nuevas. Seguro que creereis que soy un exagerado, pero esa vivencia fue de las que marcan para siempre. Con eso no se juega.
Una pregunta ¿no se puede denunciar a la empresa que te hizo el contraste? por lo menos les dirias que eran unos sinverguenzas. Yo en mayo del 2008 mande a constrastar la mia y me has dejado acojonado, aunque no soy el que las carga, simplemente la uso y respiro el gas que me han mentido en ella, pero ahora me da acojone no sea que me metan una colilla de Fortuna o Ducados ¡¡¡Puaaaaag!!!
Las personas fueron creadas para ser amadas.
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La razón por la que el mundo está en caos,
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La próxima vez que pases por el carrefurl y te encuentres otro par de ofertas como estas, cógemelas. Que yo te lo pago encantado, oye.CaptGarfio escribió:Bueno, yo me encontre dos botellas recientemente en la basura, con estas son ya cuatro las que llevo recogidas de la basura, todas de aluminio, bueno vivo en Rota y aqui como que es algo normal, ya que con la base naval, los americanos muchas veces cuando cambian de destino las tiran, ....
La sociedad es así:
El pobre trabaja. El rico le explota. El soldado defiende a los dos. El contribuyente paga por los tres. El vago descansa por los cuatro. El borracho bebe por los cinco. El banquero estafa a los seis. El abogado engaña a los siete. El médico mata a los ocho. El sepulturero entierra a los nueve y el político vive de los diez
Ya tengo la pintura (antioxido) y la base tipo "minio" (me han recomendado un espray). Ya os podré las marcas.
Tengo la duda del decapante, cual usaste? Las rascaste con ese cepillo metálico de la foto?
La otra cuestión es como lo hiciste para preservar el adhesivo de la inspección visual, lo quitaste y lo volviste a poner?
Gracias otra vez, garfio
Tengo la duda del decapante, cual usaste? Las rascaste con ese cepillo metálico de la foto?
La otra cuestión es como lo hiciste para preservar el adhesivo de la inspección visual, lo quitaste y lo volviste a poner?
Gracias otra vez, garfio
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No necesite rascarlas, con el decapante liquido, simplemente le das una mano con una brocha como si estuvieras pintandolas, y levanta la pintura y te las deja peladas,
como puedes ver levanta la pintura, luego simplemente si sigue mal de oxido entonces le das un poco con el cepillo, una vez toda la pintura levantada y quitada, tienes que lavarlas bien con agua, que no quede resto de decapante, ya que en ese caso la pintura no agarraria. La pegatina no la tenia, ya que estaban contrastadas, y no le pusieron pegatina, pero esa es una opcion despegarla y volver a pegarla, en mi caso no tenia ese problema.
Este es el resultado despues del decapante y una vez lavadas, un saludo.
como puedes ver levanta la pintura, luego simplemente si sigue mal de oxido entonces le das un poco con el cepillo, una vez toda la pintura levantada y quitada, tienes que lavarlas bien con agua, que no quede resto de decapante, ya que en ese caso la pintura no agarraria. La pegatina no la tenia, ya que estaban contrastadas, y no le pusieron pegatina, pero esa es una opcion despegarla y volver a pegarla, en mi caso no tenia ese problema.
Este es el resultado despues del decapante y una vez lavadas, un saludo.
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Por cierto, ahora que veo estas griferías yankees, ¿alguno sabe porqué en Europa no se fabrican con el disco de rotura (burst disc) que allí es obligatorio?.
Es curioso que a nivel de instalación neumática del compresor todo esté tan profusamente regulado por ley y tanto cuidado que se exige en el tarado y precintado de las diversas vávulas de seguridad, y no se use un sistema así, sencillo y práctico, para evitar que una botella sea cargada a más presión de la correspondiente.
P.D. ojo con la pegatina de inspección visual. Aunque seas un particular y solo sean para tu uso personal, probablemente el seguro se lavaría las manos si algun dia tienes un problema.
Es curioso que a nivel de instalación neumática del compresor todo esté tan profusamente regulado por ley y tanto cuidado que se exige en el tarado y precintado de las diversas vávulas de seguridad, y no se use un sistema así, sencillo y práctico, para evitar que una botella sea cargada a más presión de la correspondiente.
P.D. ojo con la pegatina de inspección visual. Aunque seas un particular y solo sean para tu uso personal, probablemente el seguro se lavaría las manos si algun dia tienes un problema.
- CaptGarfio
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Ya Ramon, pero que no la tenga puesta no significa que no este pasada, lo que pasa que las tengo en la carpeta de buceo, para cuando las llevo a cagar, hombre es que si no, como que el pintado no era lo mismo, ajjajajajaj, pero si que las llevo a mano. Con respecto al disco de rotura, tienes toda la razon del mundo, ahi nos demuestran que no es por seguridad, si no por hacer un mayor negocio todo estos requisitos nuevos, ya que no existe una estadistica alarmante con respecto a explociones de botellas, cuando se contrastaban cada 5 años, pero bueno, esto es como lo de la luz, el gobierno con tal de ayudar..., bueno que le vamos a hacer, cada dia me reafirmo mas, el que tenga un centro de buceo, le estan poniendo impedimento tras impedimento y solo queda, o bien bucear desde tierra o pagar una pasta para poder bucear, y con razon ya que no veas lo que cuesta hoy por hoy mantener un centro con todo en regla, practicamente imposible como no sea un centro que tenga cientos de buceadores todas las semanas y de esos existen pocos en España, un saludo.
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Hola, me acabo de comprar dos botellas de segunda mano y una de ellas necesita un ligado y pintura, ya que tiene un poc de corrosión superficial. El tema es que ya ha sido contrastadas y además están cargadas.
Pensaba pintarlas yo, pero claro tengo varias dudas.
¿Primero habrá que sacarles el aire y la griferia, no, o se pueden lijar y pintar cargadas?
No tengo ni idea
Pensaba pintarlas yo, pero claro tengo varias dudas.
¿Primero habrá que sacarles el aire y la griferia, no, o se pueden lijar y pintar cargadas?
No tengo ni idea
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Re:
Siempre posteo antes de buscarRamon Roqueta escribió:Por cierto, ahora que veo estas griferías yankees, ¿alguno sabe porqué en Europa no se fabrican con el disco de rotura (burst disc) que allí es obligatorio?.
Es curioso que a nivel de instalación neumática del compresor todo esté tan profusamente regulado por ley y tanto cuidado que se exige en el tarado y precintado de las diversas vávulas de seguridad, y no se use un sistema así, sencillo y práctico, para evitar que una botella sea cargada a más presión de la correspondiente.
P.D. ojo con la pegatina de inspección visual. Aunque seas un particular y solo sean para tu uso personal, probablemente el seguro se lavaría las manos si algun dia tienes un problema.
http://www.forobuceo.com/phpBB3/viewtop ... 11&t=97075
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Solo escribo para dar un par de apuntes. Qeu esxistan normas UNE sobre algo no significa que sean de obligado cumplimiento (lo digo respecto a la de identificación de botellas de gases) Son de obligado cumplimiento si existe alguna ley o reglamento que exija el cumplimiento de esta norma.
En el caso de las botellas de buceo aplica el Reglamento de Equipos a Presión, concretamente la Instrucción Técnica complementaria ITC-EP5 "Botellas de equipos respiratorios autónomos"
Por si quereis buscarlo, las inspecciones de las botellas tienen que cumplir las siguientes normas:
Para las de Acero: UNE EN 1968
Para las de Aluminio: UNE EN 1802
Para grifería: UNE EN 14189
Para el marcado de las botellas se sigue la norma UNE EN 1089-1
Esta última norma no la he visto nunca, pero estoy casi seguro que no indica ningún código de colores, sino el troquelad que deben llevar
En el caso de las botellas de buceo aplica el Reglamento de Equipos a Presión, concretamente la Instrucción Técnica complementaria ITC-EP5 "Botellas de equipos respiratorios autónomos"
Por si quereis buscarlo, las inspecciones de las botellas tienen que cumplir las siguientes normas:
Para las de Acero: UNE EN 1968
Para las de Aluminio: UNE EN 1802
Para grifería: UNE EN 14189
Para el marcado de las botellas se sigue la norma UNE EN 1089-1
Esta última norma no la he visto nunca, pero estoy casi seguro que no indica ningún código de colores, sino el troquelad que deben llevar
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Re:
No sería más lógico y coherente que la seguridad de las botellas estuviera estándarizado y normalizado por todos por igual? Por que esta discrepancia en los fabricantes?CaptGarfio escribió:Ya Ramon, pero que no la tenga puesta no significa que no este pasada, lo que pasa que las tengo en la carpeta de buceo, para cuando las llevo a cagar, hombre es que si no, como que el pintado no era lo mismo, ajjajajajaj, pero si que las llevo a mano. Con respecto al disco de rotura, tienes toda la razon del mundo, ahi nos demuestran que no es por seguridad, si no por hacer un mayor negocio todo estos requisitos nuevos, ya que no existe una estadistica alarmante con respecto a explociones de botellas, cuando se contrastaban cada 5 años, pero bueno, esto es como lo de la luz, el gobierno con tal de ayudar..., bueno que le vamos a hacer, cada dia me reafirmo mas, el que tenga un centro de buceo, le estan poniendo impedimento tras impedimento y solo queda, o bien bucear desde tierra o pagar una pasta para poder bucear, y con razon ya que no veas lo que cuesta hoy por hoy mantener un centro con todo en regla, practicamente imposible como no sea un centro que tenga cientos de buceadores todas las semanas y de esos existen pocos en España, un saludo.
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
La seguridad está estandarizada con el Reglamento de Equipos a Presión, que deriva de una Directiva Europea....
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Buenas compañeros. Me gustaría retomar este hilo ahora en 2015, 3 años más tarde del último post y posiblemente, establecida la norma de colores para según que gases llevemos en nuestras botellas.
Si alguien es conocedor de la normativa actual, agradecería el apunte.
Recientemente he adquirido de 2ª mano una botella de 15l con la revisión hecha y vigente hasta mediados de 2016. Está bien, pero el anterior dueño parece que hacía espeleología, que se comió todas las piedras. Vamos, que necesita pintarse.
Uso particular, no para escuela/club o profesional. No se si difiere en algo...
1º problema: Si quito la pegatina de revisión.... ¿luego pegará? o pinto bordeándola.
2º problema: ¿Colores que puedo usar y cómo pintarla?
No iba a pintarla de amarillo por no comprar el color, pero en casa tengo antioxidante gris y verde. Y típicas pinturas plásticas y esmalte Rojas, negras, blancas, azules... incluso hasta antifoulding del barco en azul
Un compañero me comentaba que hay normativa de pintado, que si la pintaba blanca debía llevar ciertas zonas negras, que la parte superior sea blanca, ....
Mirando éste y otros hilos del foro, doy con la normativa UNE EN 1968 incluso echaba un vistazo a este pdf: http://www.es.airliquide.com/file/otherelement/pj/cambio%20de%20color%20botellas15474.pdf
Que parece bien explicado, que para Oxigeno (nuestro caso) con tener la parte superior blanca suficiente pero... quitando las Scubapro, y alguna más, todas las botellas suelen venir amarillas de fábrica, de arriba a abajo...
¡¡Locura!! ya estoy estresado ...
P.d: reedito que parece que es menos frustrante este pdf (página 11): http://www.buceos.es/revistas/BW23.pdf
Si alguien es conocedor de la normativa actual, agradecería el apunte.
Recientemente he adquirido de 2ª mano una botella de 15l con la revisión hecha y vigente hasta mediados de 2016. Está bien, pero el anterior dueño parece que hacía espeleología, que se comió todas las piedras. Vamos, que necesita pintarse.
Uso particular, no para escuela/club o profesional. No se si difiere en algo...
1º problema: Si quito la pegatina de revisión.... ¿luego pegará? o pinto bordeándola.
2º problema: ¿Colores que puedo usar y cómo pintarla?
No iba a pintarla de amarillo por no comprar el color, pero en casa tengo antioxidante gris y verde. Y típicas pinturas plásticas y esmalte Rojas, negras, blancas, azules... incluso hasta antifoulding del barco en azul
Un compañero me comentaba que hay normativa de pintado, que si la pintaba blanca debía llevar ciertas zonas negras, que la parte superior sea blanca, ....
Mirando éste y otros hilos del foro, doy con la normativa UNE EN 1968 incluso echaba un vistazo a este pdf: http://www.es.airliquide.com/file/otherelement/pj/cambio%20de%20color%20botellas15474.pdf
Que parece bien explicado, que para Oxigeno (nuestro caso) con tener la parte superior blanca suficiente pero... quitando las Scubapro, y alguna más, todas las botellas suelen venir amarillas de fábrica, de arriba a abajo...
¡¡Locura!! ya estoy estresado ...
P.d: reedito que parece que es menos frustrante este pdf (página 11): http://www.buceos.es/revistas/BW23.pdf
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
No hace mucho en el facebook lei que para submarinismo no eran necesario eras marcas distintivas, tan solo para uso industrial, nosotros con indicar si tienen algun gas distinto a aire ya esta..
Intentare localizar la informacion y ponerla.
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Creo que hay normativa para todo, "pintura", tipos de roscas marcadas y lo que dices de "marcas distintivas, según el gas" eso es de buceo técnico, para nosotros saber que gases contiene y profundidad operativaPeN escribió:No hace mucho en el facebook lei que para submarinismo no eran necesario eras marcas distintivas, tan solo para uso industrial, nosotros con indicar si tienen algun gas distinto a aire ya esta..
Intentare localizar la informacion y ponerla.
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Salut. Molt bon BLAU a tots.
Cuando me sumerjo, olvido el 29% del Planeta Tierra (Jordi Colom i Esplugues)
https://www.facebook.com/buceoinstructor.es/#
AGENTE DE SEGUROS, https://[email protected]
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Más para comerse la cabeza...
Parece ser que la ley que regula esto es bastante nueva y de ahora en adelante deben de llevar ese color y forma de ponerlo. Que por ello preguntaba...
Los compañeros de Delfin Burgos Spain publicaron en su face el 1 de mayo esto:
"APLICACION DE LA NUEVA NORMATIVA SOBRE IDENTIFICACION DE BOTELLAS DE BUCEO.
Desde hace dos meses aproximadamente ha entrado ya en vigor en Castilla y Leon y en otras comunidades, la nueva normativa sobre la identificacion de botellas de gases a presion.
En lo que al buceo se refiere independientemente de que la botella debe que estar retimbrada en fecha y forma, esta hay que pintada de la siguiente forma:
El sombrerete u ojiva es decir la parte superior en fondo blanco con dos triangulos en negro, igual que las de la marca Mares o Cressi por ejemplo, el cuerpo puede quedarse con la pintura de alta visibilidad.
Los recipientes que cumplan con la citada norma deberán identificarse con la letra “N”, marcada dos veces en puntos diametralmente opuestos sobre la ojiva y con un color distinto al de misma. Es decir va situado en los triangulos blancos y la letra en color negro.
Tampoco se pueden transportar cargadas en los vehiculos.
Esta normativa es nacional, pero ya hay comunidades que lo estan empezando a aplicar con contundencia, la sancion si te requieren la autoridad por no llevarlas segun normativa son de 2.000 € al dueño de la botella y lo mismo al dueño del compresor. Asi que a pintar las botellas."
Parece ser que la ley que regula esto es bastante nueva y de ahora en adelante deben de llevar ese color y forma de ponerlo. Que por ello preguntaba...
Los compañeros de Delfin Burgos Spain publicaron en su face el 1 de mayo esto:
"APLICACION DE LA NUEVA NORMATIVA SOBRE IDENTIFICACION DE BOTELLAS DE BUCEO.
Desde hace dos meses aproximadamente ha entrado ya en vigor en Castilla y Leon y en otras comunidades, la nueva normativa sobre la identificacion de botellas de gases a presion.
En lo que al buceo se refiere independientemente de que la botella debe que estar retimbrada en fecha y forma, esta hay que pintada de la siguiente forma:
El sombrerete u ojiva es decir la parte superior en fondo blanco con dos triangulos en negro, igual que las de la marca Mares o Cressi por ejemplo, el cuerpo puede quedarse con la pintura de alta visibilidad.
Los recipientes que cumplan con la citada norma deberán identificarse con la letra “N”, marcada dos veces en puntos diametralmente opuestos sobre la ojiva y con un color distinto al de misma. Es decir va situado en los triangulos blancos y la letra en color negro.
Tampoco se pueden transportar cargadas en los vehiculos.
Esta normativa es nacional, pero ya hay comunidades que lo estan empezando a aplicar con contundencia, la sancion si te requieren la autoridad por no llevarlas segun normativa son de 2.000 € al dueño de la botella y lo mismo al dueño del compresor. Asi que a pintar las botellas."
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Enlace al post de Delfin Burgos Spain: https://www.facebook.com/delfinburgos/p ... 0344589697
Re:
¿Si la pintas despues del contraste, no deberia volver a pasar la inspección visual?leonmarino escribió:Primero contrástala y luego la pintas.atus escribió:¿Y si la botella tiene puntos de óxido exteriores? Tengo que contrastar una botella en Junio y me gustaría dejarla antes bién pintadita.Tiene 4 ó 5 puntos de óxido y unas cuantas pegatinas que le quiero quitar.Yo había pensado dacaparla,darle imprimación,y pintarla a pistola,dejando que se seque al aire y ayudando un poco con un decapador de aire a mínma temperatura.
Al pintarla puedes tapar los datos de la ojiva y en el contraste suelen raspar ese trozo para verlos.
Saludos.
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Y si no se pueden transportar llenas en el coche, como vamos a ir a bucear?611ECHO escribió:Más para comerse la cabeza...
Parece ser que la ley que regula esto es bastante nueva y de ahora en adelante deben de llevar ese color y forma de ponerlo. Que por ello preguntaba...
Los compañeros de Delfin Burgos Spain publicaron en su face el 1 de mayo esto:
"APLICACION DE LA NUEVA NORMATIVA SOBRE IDENTIFICACION DE BOTELLAS DE BUCEO.
Desde hace dos meses aproximadamente ha entrado ya en vigor en Castilla y Leon y en otras comunidades, la nueva normativa sobre la identificacion de botellas de gases a presion.
En lo que al buceo se refiere independientemente de que la botella debe que estar retimbrada en fecha y forma, esta hay que pintada de la siguiente forma:
El sombrerete u ojiva es decir la parte superior en fondo blanco con dos triangulos en negro, igual que las de la marca Mares o Cressi por ejemplo, el cuerpo puede quedarse con la pintura de alta visibilidad.
Los recipientes que cumplan con la citada norma deberán identificarse con la letra “N”, marcada dos veces en puntos diametralmente opuestos sobre la ojiva y con un color distinto al de misma. Es decir va situado en los triangulos blancos y la letra en color negro.
Tampoco se pueden transportar cargadas en los vehiculos.
Esta normativa es nacional, pero ya hay comunidades que lo estan empezando a aplicar con contundencia, la sancion si te requieren la autoridad por no llevarlas segun normativa son de 2.000 € al dueño de la botella y lo mismo al dueño del compresor. Asi que a pintar las botellas."
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Pego desde el facebook: ( https://www.facebook.com/citalcor/photo ... =1&theater )
Otra cosa.. si la legislacion obligara a llevarlas marcadas con los triangulos, blanco/negro, creo que los centros de buceo serian los primeros.. ya que son los que pasan revisiones de timbrado de botellas, entre otras..
Jordi, por "marcas distintivas" me referia a la tipica pegatina con el % de oxigeno.. o gas en tecnico..Centro de Inspecciones Técnicas ALCOR S.L.
Información Importante!!!!!!!!!
Sobre el color que deben tener las ojivas de las botellas de buceo.
Últimamente se ha venido escuchando que las ojivas de las botellas de buceo se han de pintar a cuartos negro y blanco, en cumplimiento de la guía REP-09-01(v1) "Criterios de Aplicación", por lo que hace unos meses realizamos una consulta a Industria, Delegación de Málaga, solicitando aclaración sobre si es de obligado cumplimiento o solamente una recomendación, y ya hemos recibido respuesta.
No voy a transcribir toda la respuesta por la cantidad de normas y artículos citados, pero copio literalmente una frase que incluso viene en negrita:
"....esta delegación entiende que no es aplicable y que por lo tanto la ausencia de los colores identificativos de las botellas de los equipos de respiración autónomos NO se considera causa de rechazo en una inspección."
Espero que esta información sea de utilidad, y que la compartáis con vuestros conocidos buceadores.
Otra cosa.. si la legislacion obligara a llevarlas marcadas con los triangulos, blanco/negro, creo que los centros de buceo serian los primeros.. ya que son los que pasan revisiones de timbrado de botellas, entre otras..
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
A ver, la Normativa es el Reglamento de equipos a presión.
El problema ha venido porque hay dos instrucciones técnicas distintas que podían aplicar, la ITC-EP5: Botellas de Equipos Respiratorios Autónomos y la ITC-EP6:Recipientes a Presión Transportables y era un poco "interpretable"
El Ministerio ha publicado ciertas notas aclaratorias, llamadas "guias interpretativas" En la guía 9.01 indica claramente que SI han de ir pintadas.
La podeis leer aqui:
http://www.f2i2.net/Documentos/LSI/REP/ ... ia-10_.pdf
Edito mi hilo para indicar que la contestación siguiente a este post me parece absolutamente correcta. es cierto que en este post no miento, pero Poli tiene razón en que aunque la guía 9.01 indica claramente que si han de ir pintadas, esa guía entra en confrontación con el Reglamento, por lo que en mi opinión, no tiene validez, tal y como explica poli detalladamente
El problema ha venido porque hay dos instrucciones técnicas distintas que podían aplicar, la ITC-EP5: Botellas de Equipos Respiratorios Autónomos y la ITC-EP6:Recipientes a Presión Transportables y era un poco "interpretable"
El Ministerio ha publicado ciertas notas aclaratorias, llamadas "guias interpretativas" En la guía 9.01 indica claramente que SI han de ir pintadas.
La podeis leer aqui:
http://www.f2i2.net/Documentos/LSI/REP/ ... ia-10_.pdf
Edito mi hilo para indicar que la contestación siguiente a este post me parece absolutamente correcta. es cierto que en este post no miento, pero Poli tiene razón en que aunque la guía 9.01 indica claramente que si han de ir pintadas, esa guía entra en confrontación con el Reglamento, por lo que en mi opinión, no tiene validez, tal y como explica poli detalladamente
Última edición por Dykker el 17/Ago/2015, 11:18, editado 1 vez en total.
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
NO hay que pintar la ojiva en blanco y negro. Explico por qué.
La regulación de los equipos a presión se encuentra en el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
Dicho reglamento establece distintas normas complementarias de aplicación a distintos tipos de equipos a presión y a sus usos. Así, en lo que respecta al buceo es de aplicación la INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC EP– 5 BOTELLAS DE EQUIPOS RESPIRATORIOS AUTÓNOMOS.
El artículo 1 de esta ITC (Instrucción Técnica Complementaria) dice:
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
La presente Instrucción Técnica Complementaria (ITC) se aplica a las condiciones de seguridad de las instalaciones de recarga, así como a los requisitos y controles necesarios para el uso de las botellas para respiración autónoma en actividades subacuáticas y en trabajos de superficie con un contenido de oxígeno inferior al 40 por ciento.
En esta ITC EP-5 no hay ninguna norma que obligue a que las botellas de buceo estén sometidas a un código de colores.
Entonces ¿por qué exigen que se pinten las ojivas en cuartos de blanco y negro?
Al parecer, la respuesta se halla no en una norma sino en una guía interpretativa del Ministerio de Industria de fecha 22-04-2010 (http://www.f2i2.net/Documentos/LSI/REP/ ... ia-10_.pdf)
Esta guía interpretativa comienza exponiendo las normas aplicables (EP-5, artículo 4 de la EP-6 y Disposición transitoria séptima del REP) para concluir que es obligatoria la aplicación del código de colores, añadiendo la justificación de dicha conclusión.
Las razones son:
1ª) por ser equipo a presión transportable, debe cumplir lo que se expresa en el artículo 4 de la ITC EP-6, donde se indica expresamente el cumplimiento de la citada norma UNE EN 1089-3.
Este argumento está completamente equivocado.
La propia guía comienza diciendo que Si bien en la ITC EP-5 no se indica el cumplimiento de los colores de identificación para las botellas de equipos de respiración autónoma debe aplicarse la ITC EP-6 por ser equipo a presión transportable.
El artículo 1, apartado 2, letra C, de la Instrucción Técnica COMPLEMENTARIA ITC EP– 6 RECIPIENTES A PRESIÓN TRANSPORTABLES dice: Se EXCEPTÚAN de la aplicación de lo dispuesto en la presente ITC Las botellas de equipos respiratorios autónomos incluidas en la ITC EP-5
Por tanto, la ITC EP-5 no obliga a someterse al código de colores y la ITC EP-6 excluye expresamente la aplicación del código de colores a los equipos de respiración autónomos incluidos en la ITC EP-5.
El primer argumento de la guía de interpretación choca frontalmente con la regulación expresa de las instrucciones técnicas.
Añade la guía:
El hecho de que estas botellas estén excluidas del ámbito de aplicación de la ITC-EP-6 y tengan su ITC específica, no es otro que el de diferenciarlas del resto de equipos a presión transportables por la singularidad de su utilización y recarga en ámbitos completamente diferentes a los del resto de botellas de gases industriales.
Por lo que se ve, aun reconociendo que las botellas de buceo están excluidas de la ITC EP-6 y por tanto de la aplicación del código de colores (art. 4 ITC EP-6 norma UNE EN 1089-3) insiste en que se aplique a los equipos de respiración autónomos.
2ª) La disposición transitoria séptima del Real Decreto 2060/2008 dice:
Disposición transitoria séptima. Colores de identificación de los recipientes a presión transportables.
Las botellas y botellones que utilizan los colores indicados en la ITC MIE AP 7 deberán adaptarse a los que se indican en la ITC EP-6 en un plazo de cinco años desde la entrada en vigor del presente real decreto.
La guía establece que esta disposición transitoria debe entenderse aplicable también para las botellas de equipos de respiración autónoma, ya que estaban incluidas en la ITC MIE AP 7.
Se equivoca. El Real Decreto 366/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE AP-18 del Reglamento de aparatos a presión, referente a instalaciones de carga e inspección de botellas de equipos respiratorios autónomos para actividades subacuáticas y trabajos de superficie en su Disposición derogatoria única dice: A partir de la entrada en vigor de la ITC aprobada por este real decreto quedan derogados los requisitos del Reglamento de aparatos a presión referentes a botellas de equipos respiratorios autónomos, que son objeto del ámbito de aplicación de dicha ITC, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. Por tanto, las botellas de buceo no estaban sometidas a la MIE AP 7, sino a la MIE AP 18 que no contenía obligación alguna sobre colores de la botella.
Pero aun cuando las botellas de buceo se entendieran sometidas a la antigua MIE AP 7, al publicarse la actual ITC EP-5, ya no estarían obligadas al código de colores (por las razones ya expuestas) y la disposición transitoria sería de aplicación al resto de equipos a presión, pero no a los equipos de respiración autónoma.
En resumen, la normativa de aplicación excluye expresamente a los equipos de respiración autónoma incluidos en la ITC EP-5 respecto de cualquier código de colores.
Por último recordarles que ninguna interpretación de las normas puede ir en contra de lo que se prevea expresamente en ellas. Y esta guía de interpretación lo hace, por lo que no tiene valor alguno.
La regulación de los equipos a presión se encuentra en el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
Dicho reglamento establece distintas normas complementarias de aplicación a distintos tipos de equipos a presión y a sus usos. Así, en lo que respecta al buceo es de aplicación la INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC EP– 5 BOTELLAS DE EQUIPOS RESPIRATORIOS AUTÓNOMOS.
El artículo 1 de esta ITC (Instrucción Técnica Complementaria) dice:
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
La presente Instrucción Técnica Complementaria (ITC) se aplica a las condiciones de seguridad de las instalaciones de recarga, así como a los requisitos y controles necesarios para el uso de las botellas para respiración autónoma en actividades subacuáticas y en trabajos de superficie con un contenido de oxígeno inferior al 40 por ciento.
En esta ITC EP-5 no hay ninguna norma que obligue a que las botellas de buceo estén sometidas a un código de colores.
Entonces ¿por qué exigen que se pinten las ojivas en cuartos de blanco y negro?
Al parecer, la respuesta se halla no en una norma sino en una guía interpretativa del Ministerio de Industria de fecha 22-04-2010 (http://www.f2i2.net/Documentos/LSI/REP/ ... ia-10_.pdf)
Esta guía interpretativa comienza exponiendo las normas aplicables (EP-5, artículo 4 de la EP-6 y Disposición transitoria séptima del REP) para concluir que es obligatoria la aplicación del código de colores, añadiendo la justificación de dicha conclusión.
Las razones son:
1ª) por ser equipo a presión transportable, debe cumplir lo que se expresa en el artículo 4 de la ITC EP-6, donde se indica expresamente el cumplimiento de la citada norma UNE EN 1089-3.
Este argumento está completamente equivocado.
La propia guía comienza diciendo que Si bien en la ITC EP-5 no se indica el cumplimiento de los colores de identificación para las botellas de equipos de respiración autónoma debe aplicarse la ITC EP-6 por ser equipo a presión transportable.
El artículo 1, apartado 2, letra C, de la Instrucción Técnica COMPLEMENTARIA ITC EP– 6 RECIPIENTES A PRESIÓN TRANSPORTABLES dice: Se EXCEPTÚAN de la aplicación de lo dispuesto en la presente ITC Las botellas de equipos respiratorios autónomos incluidas en la ITC EP-5
Por tanto, la ITC EP-5 no obliga a someterse al código de colores y la ITC EP-6 excluye expresamente la aplicación del código de colores a los equipos de respiración autónomos incluidos en la ITC EP-5.
El primer argumento de la guía de interpretación choca frontalmente con la regulación expresa de las instrucciones técnicas.
Añade la guía:
El hecho de que estas botellas estén excluidas del ámbito de aplicación de la ITC-EP-6 y tengan su ITC específica, no es otro que el de diferenciarlas del resto de equipos a presión transportables por la singularidad de su utilización y recarga en ámbitos completamente diferentes a los del resto de botellas de gases industriales.
Por lo que se ve, aun reconociendo que las botellas de buceo están excluidas de la ITC EP-6 y por tanto de la aplicación del código de colores (art. 4 ITC EP-6 norma UNE EN 1089-3) insiste en que se aplique a los equipos de respiración autónomos.
2ª) La disposición transitoria séptima del Real Decreto 2060/2008 dice:
Disposición transitoria séptima. Colores de identificación de los recipientes a presión transportables.
Las botellas y botellones que utilizan los colores indicados en la ITC MIE AP 7 deberán adaptarse a los que se indican en la ITC EP-6 en un plazo de cinco años desde la entrada en vigor del presente real decreto.
La guía establece que esta disposición transitoria debe entenderse aplicable también para las botellas de equipos de respiración autónoma, ya que estaban incluidas en la ITC MIE AP 7.
Se equivoca. El Real Decreto 366/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE AP-18 del Reglamento de aparatos a presión, referente a instalaciones de carga e inspección de botellas de equipos respiratorios autónomos para actividades subacuáticas y trabajos de superficie en su Disposición derogatoria única dice: A partir de la entrada en vigor de la ITC aprobada por este real decreto quedan derogados los requisitos del Reglamento de aparatos a presión referentes a botellas de equipos respiratorios autónomos, que son objeto del ámbito de aplicación de dicha ITC, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. Por tanto, las botellas de buceo no estaban sometidas a la MIE AP 7, sino a la MIE AP 18 que no contenía obligación alguna sobre colores de la botella.
Pero aun cuando las botellas de buceo se entendieran sometidas a la antigua MIE AP 7, al publicarse la actual ITC EP-5, ya no estarían obligadas al código de colores (por las razones ya expuestas) y la disposición transitoria sería de aplicación al resto de equipos a presión, pero no a los equipos de respiración autónoma.
En resumen, la normativa de aplicación excluye expresamente a los equipos de respiración autónoma incluidos en la ITC EP-5 respecto de cualquier código de colores.
Por último recordarles que ninguna interpretación de las normas puede ir en contra de lo que se prevea expresamente en ellas. Y esta guía de interpretación lo hace, por lo que no tiene valor alguno.
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Poli, tras leer tu explicación, estoy totalemente de acuerdo con ella. De hecho, hasta la publicación de la interpretación yo tenía claro que no había que pintarlas. De todos modos te agradezco personalmente la explicación detallada y repito, estoy absolutamente de acuerdo contigo. Es mas, edito mi anterior contestación
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Bueno... como había que repintarla si o si, para quitarle las capas anteriores y sanearla un poquillo.... he pintado la botella blanca he hice los dos triángulos negros en la ojiva; la verdad que me gusta como la he dejado. Con culote y malla queda totalmente "otra" a la que tenía... Subiré fotos..
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Bueno... aquí las imagenes finales..
P.d.: costó un huevo dejar las líneas rectas... al menos con la malla se disimula..
P.d.: costó un huevo dejar las líneas rectas... al menos con la malla se disimula..
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Esta chula blanca.
Para otra vez, usa cinta de carrocero para delimitar zonas, asi seguro lo haces recto.
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Más aún, lo delimité con cinta de elastan que utilizo para pintar otras cosas con detalles pero, no se me dió bien la recta en cilindro... y de hecho, tiene dos oportunidades la cinta de elastan que no pegó correctamente la primera y habia empapado prácticamente por todo el recorte. Al final, pincel fino y poco a poco...
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Ah vale, crei que habias hecho las lineas a pulso derectamente
Si que es verdad que segun como o no pega bien, o se filtra pintura dwbajo del adesivo.
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Si que es verdad que segun como o no pega bien, o se filtra pintura dwbajo del adesivo.
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- Diver-Diva
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Vuelvo a reflotar este hilo, porque aún no me ha quedado claro si hay que pintar o no las ojivas de las botellas de aire?.
Las botellas de aluminio (me refiero a las que vienen en pies cúbicos S80 y demás), también hay que pintarlas?, su acabado exterior suele ser aluminio cepillado, con lo que para pintarlas habría que imprimarlas y toda la parafernalia.
Alguien lo sabe cierto?, esto también va según el reino de taifas en el que estés?. En fin, ya se que son unas cuantas preguntas, a ver si alguien nos saca de la ignorancia
Las botellas de aluminio (me refiero a las que vienen en pies cúbicos S80 y demás), también hay que pintarlas?, su acabado exterior suele ser aluminio cepillado, con lo que para pintarlas habría que imprimarlas y toda la parafernalia.
Alguien lo sabe cierto?, esto también va según el reino de taifas en el que estés?. En fin, ya se que son unas cuantas preguntas, a ver si alguien nos saca de la ignorancia
- CHINIJASUB
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Hola.
Vuelvo a sacar a la luz este tema. Anoche un compañero me pasó este decreto en el que cambia la normativa. Alguien puede decirme si esta vez hay que pasar por el aro???
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... -2017-8755
En la página 98, último párrafo del capítulo 1
Vuelvo a sacar a la luz este tema. Anoche un compañero me pasó este decreto en el que cambia la normativa. Alguien puede decirme si esta vez hay que pasar por el aro???
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... -2017-8755
En la página 98, último párrafo del capítulo 1
Reality whistles a different tune underwater
- JamworkS
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Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Seguramente me equivoque pero tengo la sensación que la página 98 no es:
Blog de buceo: http://www.midiariodebuceo.com
Fotografía: http://www.jesus-mendez.com
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- CHINIJASUB
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- Ubicación: LANZAROTE
Re: Pintar botellas: ¿Legal?
Pues no sé, a mí me sale como página 98, de hecho es la MIE APQ-5 sobre recipientes móviles
No sé subir imágenes, si no subiría el apartado en cuestión
No sé subir imágenes, si no subiría el apartado en cuestión
Reality whistles a different tune underwater