SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

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Ramon Roqueta
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#81 Mensaje por Ramon Roqueta »

Seguros de Buceo, luego te contesto paso por paso, pero creo necesario decirte que puedes ir tranquilamente sin tubo, que el seguro te va a cubrir, ya que según la Orden de 14 de Octubre de 1997, no forma parte del equipo mínimo necesario.

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Ramon
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#82 Mensaje por Ramon »

Seguros de Buceo escribió:Ramon, muchas gracias por tu intervención en el hilo, esta información sobre las garantías de la póliza de Dan Europe resulta realmente interesante.

De todas formas me surge una duda: ¿cuál es la profundidad máxima establecida por Ley para el buceo Técnico?.

Debido a que nosotros comercializamos pólizas para el buceo deportivo - recreativo, no hemos profundizado en lo que especifica el BOE en referencia al buceo técnico, y en la normativa para el desarrollo de actividades subacuáticas deportivas y profesionales no encontramos referéncia alguna a este tipo de buceo.

Muchas gracias y un saludo.
No la tengo delante, pero en toda ley hay que leerse primero las definiciones, que son las utilizadas para luego desarrollarla...Muchas veces lo que entendemos nosotros y lo que entienden los legisladores, no es lo mismo.
Me parece recordar que había una referencia a presiones parciales de los gases respirados y a ellas se remitía.

En todo caso, mi seguro DAN me cubre (sin pedir ninguna excepción) hasta los -130metros siempre que no se trate de un buceo con fines comerciales o intento de récord, por lo que me basta y sobra como buceador recreativo y como buceador técnico.

Saludos cordiales,

Ramon Verdaguer
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#83 Mensaje por Ramon Roqueta »

La ley no contempla el buceo técnico como tal.

Solo nos habla de límites de presiones parciales.

Razón de más para que las aseguradoras muestren sus cartas con respecto a la ley. Nadie pide un cheque en blanco. Simplemente se piden aclaraciones que, según mi punto de vista, son básicas a la hora de contratar un seguro.

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AndresPP
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#84 Mensaje por AndresPP »

art 24.1 de la OM 14/10/1997

"Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas,deberá encontrarse en posesión de un «Seguro de accidentes y de responsabilidad civil», que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas"
In flying I have learned that carelessness and overconfidence are usually far more dangerous than deliberately accepted risks.

W. Wright, pionero de la aviación, carta a su padre de septiembre de 1900.

“La mente hace su propio lugar, y en sí misma puede hacer un cielo del infierno, y un infierno del cielo.” (John Milton)

Buen azul,
Andrés

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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#85 Mensaje por Ramon Roqueta »

AndresPP escribió:art 24.1 de la OM 14/10/1997

"Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas,deberá encontrarse en posesión de un «Seguro de accidentes y de responsabilidad civil», que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas"
Ciert, cierto, por eso cada aseguradora tiene margen para poner sus $$$ de coberturas.

La legislación de seguridad a nivel estatal no especifica un mínimo, aunque algunos corredores de seguros tiren del famoso Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo.

Si lo leemos detenidamente, el decreto determina las "prestaciones mínimas a cubrir por el seguro obligatorio para deportistas federados".

Evidentemente, recalco lo de federados para que no haya dudas de que dicho decreto les afecta a ellos, no a los demás.

Sin embargo, por ejemplo el Decreto 10/2003, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, establece la obligatoriedad de disponer de “Licencia Federativa o seguro privado con igual o superior cobertura” para la práctica del buceo deportivo.

De la misma manera, el Decreto de la Generalitat de Catalunya 54/2000, de 26 de enero, por el que se establecen los requerimientos mínimos para el funcionamiento de los centros de inmersión nos dice:

"Artículo 4.2
Los centros de inmersión deben exigir a cualquier buceador que participe en las actividades de inmersión organizadas por el centro, que disponga de un seguro que cubra su responsabilidad por daños corporales y perjuicios económicos que sean consecuencia de éstos, ocasionados por su actividad como buceador y de un seguro por muerte y por accidente que cubra los gastos de traslado, médicas y hospitalarias de los accidentes de buceo y disbáricos, de acuerdo con lo que establece el Real decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo. En el caso de que el buceador no disponga de este seguro, el centro de inmersión deberá poderlo ofrecer."


Peeeeero, ojo que esos decretos solo hacen referencia a centros de buceo, es decir, nada que ver con los que van por libre. Además incluso hay comunidades como la de Murcia, en la que la reglamentación de centros que figura en el Decreto 69/2001, de 28 de diciembre de 2001, por el que se regulan las Actividades Subacuáticas Deportivas de la Región de Murcia, solo contempla en su artículo 5 que los centros:

Artículo 5. Organización de actividades.

2. Comprobar que los buceadores tienen la capacitación y titulación adecuadas a la exposición hiperbárica a la que se van a someter, que tienen en vigor el seguro de accidentes y de responsabilidad civil, que han superado los reconocimientos médicos establecidos y que no presentan signos evidentes de mal estado físico y psíquico.

En cambio, tenemos alguna comunidad que tiene las competencias de buceo recreativo transferidas y que legisla para todos, es decir, para los que bucean en un centro y para los que van por libre:

Decreto 40/2007, de 13 de abril, por el que se regula el buceo deportivo y recreativo en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Artículo 5. Requisitos para la práctica del buceo deportivo y recreativo
1. Los requisitos necesarios para practicar el buceo deportivo y recreativo, tanto en un centro autorizado como fuera de éste, son (entre otros) los siguientes:

"Seguro de accidentes, que cubra cualquier tipo de accidente que pueda producirse, incluido el tratamiento en un centro de medicina hiperbárica. Se tiene que aceptar la licencia de la Federación Española de Actividades Subacuáticas o de cualquier federación autonómica como justificante de estar en posesión de un seguro de accidentes, siempre que cubra el tratamiento en un centro de medicina hiperbárica."

Igualito al de las Baleares, está el Decreto 216/2003, de 22 de julio, del Buceo Deportivo-Recreativo,
publicado en el BOJA de 25/07/2003 correspondiente a la Comunidad de Andalucía.


Como se ve, cada comunidad legisla sobre las coberturas del seguro a su libre albedrío. Y me queda decir solo que alguno de los seguros de buceo que se tramitan (y no quiero decir nombres de aseguradoras, aunque son muy famosas) no cumplen esos mínimos que establecen algunas normativas autonómicas. Y eso si que no debería ser así.

Aprovecho y edito el mensaje para preguntarle a Seguros de Buceo y, porqué no, a Extrasub también, si conocen alguna normativa legal que indique las diferentes profundidades a las que los buceadores certificados que ejercen su actividad por libre pueden descender. Yo no conozco ninguna. También me gustaría saber si hay alguna normativa legal que indique a los buceadores que van por libre que para descender a más profundidad uno tiene que ir sacándose titulaciones avanzadas.

Como seguramente los corredores de seguros sabrán, las únicas recomendaciones de las certificadoras, PADI por ejemplo, referente al buceo seguro son: "Limitar la profundidad máxima a mi nivel de entrenamiento y experiencia y "Realizar todas las inmersiones sin descompresión y dejar un margen de seguridad". Así como : "Conocer y obedecer las normas y regulaciones locales de buceo, incluyendo la legislación de caza y pesca y de banderas de buceo.". Consecuentemente, ahora me gustaría saber dónde y en qué papel las certificadoras dicen que un OWD o un B1E o lo que sea, si su experiencia y capacitación supone él mismo adecuadas, no puede descender a más de XX metros cuando va por libre.

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k l i k
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#86 Mensaje por k l i k »

Seguros de Buceo escribió:Klik,

Voy a separar un poco mi punto de vista desde el papel de distribuidor de seguros del de submarinista.

Desde este último puedo comprender y compartir vuestra posición, vuestra lógica e incluso vuestra decepción.

“La costumbre se acaba haciendo Ley”, y como “ya estamos acostumbrados” y tenemos nuestra lógica y nuestra experiencia, nos resultan ingratas unas respuestas que están dentro de un marco legal. Nos gustará o no, igual que en los temas judiciales, pero es lo que tenemos.

En mi papel como distribuidor de seguros : Indicas que las respuestas son ambiguas y tengo que remitirme a mi anterior redactado. Debemos ser conscientes de que ante cualquier situación que pueda estar provocada por un infringimiento de la Ley, la aseguradora puede indicar que el siniestro no está cubierto.

Podemos imaginar o suponer mil situaciones distintas, en el fondo quien regirá su desarrollo (siniestro) será la normativa a la que están acogidas las Compañías Aseguradoras.

Asimismo como comercial de seguros lo que me interesa es que mi cliente tenga claras las condiciones y las exclusiones de la póliza, aunque ello signifique perder ventas.

No estamos hablando de una póliza de hogar sino de una póliza que ampara una actividad que, como sabes, cada año deja desgraciadamente algún fallecido y que además está regulada por Ley.

En mi papel como submarinista: habitualmente buceo con tubo, pero a veces no lo llevo; cuando voy a bucear desde barco dispongo de una embarcación de apoyo en superficie, pero si voy de infantería no; y podríamos poner otros ejemplos de nuestras costumbres a la hora de desarrollar la actividad que, en ocasiones, pueden apartarse de lo que marca la Legislación (o nuestra titulación).

Con esto, lo que quiero decir es que cada vez que me meto en el agua debo ser consciente de en qué situación lo hago, si cumplo o incumplo las normas (o los limites que marca mi titulación), que por mucho que puedan parecerme equivocadas son las que tenemos y debemos cumplir, y si no las estoy cumpliendo (por ejemplo no llevo tubo) atenerme a las posibles consecuencias.

Paso a tus consultas, y aunque me indicas ya de entrada las respuestas, te paso las mias:

1.- Hemos analizado el tema con un técnico de la aseguradora AXA (pólizas Diving Axa), y nos indica que las garantías de sus productos son internacionales excepto si tenemos algún país exlcuido. Por ello, las pólizas amparan sobre la legislación de cada país y siempre bajo las limitaciones marcadas por la titulación del submarinista (capacidades y habilidades).

2.- No, porque la Legislación del país te limita.

3.- Orden de 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas.

Capítulo III. Artículo 24.

8. Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:

a) 40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.
b) 55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido).


A la profundidad que indicas de 50 metros estás realizando una inmersión excepcional. En el BOE se especifica una profundidad máxima de 55 metros para inmersiones con aire o nitrox (en buceo deportivo - recreativo). Atención al limite especificado en tu titulación.

4.-¿Cómo puede un OWD de Padi (18 metros ¿o 20 actualmente?), planificar una inmersión contemplando una profundidad máxima de de 27 metros? Después de lo comentado sobre la importancia de la titulación de cada uno y del correcto cumplimiento de la Legislación, la respuesta es clara. No.

Con mi carnet de conducir tipo “B”, ¿puedo planear mi viaje a Valencia conduciendo un autocar?, ¿estaré cubierto por mi póliza?, ¿estoy haciendo dolo?

Seguros de Buceo no dejará de responder a las preguntas que se le formulen, analizando y consultando con nuestras aseguradoras todo aquello que vaya más allá de nuestros conocimientos.

Un saludo.
Muchas gracias por tus respuestas.

Totalmente esclarecedoras aunque, como imaginarás, ampliamente decepcionantes.

Me llama especialmente la atención del 4º punto, donde equiparas un carnet de conducir tipo B emitido en España, por una entidad oficial y con una ley y reglamento donde se especifica claramente las limitaciones de cada tipo de carnet, con un "plástico" emitido por una certificadora en cualquier parte del mundo en cualquier condición y sin ningún tipo de regulación legal.

Conozco varios buceadores con centenaS de inmersiones, decir OWD no quiere decir buceador sin experiencia.

Nada mas que agradecerte tu sinceridad.

Un saludo
.
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#87 Mensaje por Seguros de Buceo »

Klik, lamento la decepción, lógicamente como buceador yo también mejoraría cosas, pero por ahora lo más que podemos hacer es un buen estudio de los productos existentes en el mercado y escoger los que creemos más adecuados (nunca venderé nada que no compraría para mi).

Modificar leyes no es tarea fácil... quizá con la ayuda de la Federación Española y la de muchos profesionales del sector (centros de buceo y aseguradoras), podríamos llegar a marcar unas pautas claras.

No entiendo lo de "un plástico emitido por una certificadora en cualquier parte del mundo en cualquier condición y sin ningún tipo de regulación legal". Te refieres a las certificaciones de buceo? Entiendo que los estándares que marca cada federación para cada nivel están dentro de los requisitos legales y son internacionales, ¿no?

Por supuesto no tiene nada que ver un OWD con 500 inmersiones que un Rescue con 100, en eso estamos de acuerdo, pero volvemos al tema de la certificación oficial. Yo puedo saber conducir autocares perfectamente pero no estar certificado para ello, y esto queda fuera de la Ley, supongo que estarás de acuerdo.

Un saludo.

P.d. Ramon Roqueta, a ver si puedo retomar nuestro debate esta noche o mañana, que lo nuestro lleva rato :lol: , y seguimos comentando.
Más vale tener un seguro y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#88 Mensaje por Ramon Roqueta »

Ok, Seguros de Buceo, pero ten en cuenta que tu afirmación sobre la oficialidad de las certificaciones no es correcta. No hay títulos oficiales de buceo recreativo a nivel estatal en este país. Bueno, sí, los había, hasta que desapareció el MAPA hace más de veinte años y no se emitieron más.

En Catalunya, Canarias, Andalucia, Baleares y otras comunidades si bien sí existen, las correspondencias con los de las certificadoras privadas son únicamente a nivel de cada autonomía, ya que son diferentes en cada comunidad que los tiene oficializados. Tampoco hay correspondencias con absolutamente todas las certificadoras más reconocidas internacionalmente. Y solo hay un porcentaje irrisorio de los buceadores certificados que hayan homologado el suyo, ya que no es obligada en absoluto su obtención.

Por otro lado, si nos acogemos a lo que dicen los estándares de ACUC, su OWD está capacitado "con la suficiente experiencia" para bajar a -40m. En cambio en los estándares OWD PADI está capacitado a mucha menos profundidad y no hace mención a una posible "experiencia". Y sin embargo puede tener tanta o más que un OWD ACUC ¿no?. Y ten presente que tanto uno como otro pueden acceder a la misma homologación oficial autonómica.

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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#89 Mensaje por Ramon »

Disculpar pero uno es un poco "tocho" y me cuesta entender algunas cosas...
El problema...¿cuál es?
¿Buscar compañías de seguros que aseguren la actividad del usuario "per se" o compañías de seguro que solo acceden a hacerse cargo de los gastos incurridos SOLO si se cumple con la Ley vigente?
Si es el segundo caso, o la compañía modifica sus premisas o el usuario cambia de compañía..., ¿no?

Repito: en mi caso, con mi compañia de seguros, siempre se han hecho cargo de mis visitas al otorrino cuando he pillado una otitis en una piscina en verano, sin pedirme si la piscina cumplía con las especificaciones que prevee la Ley para ese tipo de instalaciones; o me ha aceptado los gastos médicos de un alumno al que se le ha caído una botella sobre el dedo gordo del pie, sin pedirme si la botella estaba contrastada, ni me ha pedido un volcado de mi ordenador cuando sufrí un barotrauma en una inmersión profunda y demasiado larga...
La ventaja es que te aseguran hasta -130m sin problema, sin mirar si la Ley y la titulación personal permiten que bajes hasta ahí... Y en mi caos, puedo inscribir hasta 70 alumnos en mi póliza..

Repito, soy duro de mollera y no termino de ver dónde está el problema...¿Qué pinta la Ley en esto?
Si fuérais tan amables de resumir cuál es la duda, os lo agradecería....

Un cordial saludo,

Ramon Verdaguer
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#90 Mensaje por Ramon Roqueta »

Ramon escribió:Disculpar pero uno es un poco "tocho" y me cuesta entender algunas cosas...
El problema...¿cuál es?
¿Buscar compañías de seguros que aseguren la actividad del usuario "per se" o compañías de seguro que solo acceden a hacerse cargo de los gastos incurridos SOLO si se cumple con la Ley vigente?
Si es el segundo caso, o la compañía modifica sus premisas o el usuario cambia de compañía..., ¿no?

Repito: en mi caso, con mi compañia de seguros, siempre se han hecho cargo de mis visitas al otorrino cuando he pillado una otitis en una piscina en verano, sin pedirme si la piscina cumplía con las especificaciones que prevee la Ley para ese tipo de instalaciones; o me ha aceptado los gastos médicos de un alumno al que se le ha caído una botella sobre el dedo gordo del pie, sin pedirme si la botella estaba contrastada, ni me ha pedido un volcado de mi ordenador cuando sufrí un barotrauma en una inmersión profunda y demasiado larga...
La ventaja es que te aseguran hasta -130m sin problema, sin mirar si la Ley y la titulación personal permiten que bajes hasta ahí... Y en mi caos, puedo inscribir hasta 70 alumnos en mi póliza..

Repito, soy duro de mollera y no termino de ver dónde está el problema...¿Qué pinta la Ley en esto?
Si fuérais tan amables de resumir cuál es la duda, os lo agradecería....

Un cordial saludo,

Ramon Verdaguer
Yo creo que he planteado dudas muy razonables, quizá la mayoría tienen que ver con las coberturas de responsabilidad civil, y sobretodo por el diferente trato que dan a los puntos de una misma legislación, por pura conveniencia suya en un momento (traducido en dinero) dado.

Nadie niega que el seguro no te va a cubrir desde el pùnto de vista asistencial o médico. Pero por ejemplo hay seguros cuyas coberturas por fallecimiento están por debajo de lo que marca alguna legislación autonómica. Todas dicen algo así como que si "ocultas" alguna enfermedad o dolencia anterior al accidente el seguro puede que no te cubre. ¿Porqué no exigen entonces un certificado médico en vigor?. Ah!!!, es que la ley ya lo exige, ¿no?. Y si no lo tienes????. Y ya te digo, el tema más escabroso en los seguros de buceo es la responsabilidad civil.

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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#91 Mensaje por Ramon »

No dudo de la razonabilidad de tus preguntas que, por lo general, siempre lo son... :mrgreen:
Es que no me quedaba claro el por qué de tanta legislación...

Repito que, personalmente y por todo lo que he visto y leído, mi compañía siempre ha atendido casos cuya validez hasta yo mismo cuestionaba... y seguramente hay otros casos en que esto no es así, pero como no soy usuario de ellos, nunca me ha pasado por la cabeza averiguarlo.
Imagino que se les puede plantear directamente, en vez de exponerlo a la respetada opinión del foro y luego publicar el resultado...

Suerte.

Saludos cordiales,

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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#92 Mensaje por k l i k »

Ramon, son ellos los que indican el cumplimiento previo de la ley, sin tener en cuenta de que puede ser desfasada o imposible de cumplir.

Por eso elegí DAN, cubre lo que yo quiero y en los casos que conozco actuó como se esperaba de ellos.

Saludos.
.
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#93 Mensaje por k l i k »

Seguros de Buceo escribió:


....., pero volvemos al tema de la certificación oficial. Yo puedo saber conducir autocares perfectamente pero no estar certificado para ello, y esto queda fuera de la Ley

.......
Las certificaciones de buceo tienen de oficial lo mismo que la tarjeta travel.


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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#94 Mensaje por Ramon »

Buenio, gracias, ahora lo tengo más claro:
Es cierto que ninguna compañía de seguros puede poner por escrito que cubre una ilegalidad, aunque en la práctica estés cubierto.
Por ejemplo, ninguna compañía pondrá que estás cubierto ante un accidente de automóvil, incluso si estás escapando de una persecución policial...
¡Gran mundo este de las aseguradoras!

Por cierto, hago un "copiar y pegar" de las ventajas que ofrece DAN, aunque no pone la que para mí es principal: mis cuotas sirven para financiar los proyectos de Investigación en la Seguridad del Buceo. ¡Puestos a pagar, que sea por una buena causa!:

Al afiliarse a DAN usted cuenta con importantes ventajas
Asistencia médica en cualquier lugar del mundo, 24 horas / 7 días, en caso de urgencia de buceo.
Planes de seguros válidos a escala internacional y especialmente diseñados para buceadores.
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Suscripción anual a la revista científica Alert Diver.
Información sobre la seguridad en el buceo a través de seminarios y conferencias, además de acceso exclusivo a los informes y procedimientos relacionados.
Cursos de primeros auxilios para urgencias de buceo.
Participación en programas de investigación en medicina del buceo.
Descuentos en materiales DAN.
Ofertas especiales en productos y viajes de buceo, y mucho más.


Saludos cordiales,

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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#95 Mensaje por diego_gallu »

Una pregunta, al hacer el seguro de DAN por internet, en su web, ¿Cuanto tarda el seguro en estar vigente?
Es que salimos el sábado de viaje a Maldivas, y se nos ha caducado el seguro de AXA y queremos cambiarlo por el DAN Plata, pero queremos estar seguros de que todo esté correcto para el viaje.
Un saludo y gracias.
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#96 Mensaje por Live2dive »

Yo también tenía AXA, y ayer contraté un Family Sport Silver online en la web de DAN.

Después de hacer el pago, te envían un PDF con las tarjetas en la que figura fecha efecto de inicio del seguro el día después del pago. Por tanto, interpreto que a partir del día siguiente a la contratación estás cubierto y puedes utilizar esta copia en papel, hasta que te llega la tarjeta física de plástico.

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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#97 Mensaje por diego_gallu »

De acuerdo Live2Dive, muchas gracias!
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#98 Mensaje por k l i k »

renovattio escribió:Una pregunta, al hacer el seguro de DAN por internet, en su web, ¿Cuanto tarda el seguro en estar vigente?
Es que salimos el sábado de viaje a Maldivas, y se nos ha caducado el seguro de AXA y queremos cambiarlo por el DAN Plata, pero queremos estar seguros de que todo esté correcto para el viaje.
Un saludo y gracias.
En el mismo momento que lo haces te llega un pdf con una carta y la tarjeta, que puedes recortar y llevar junto con la titulación. 15 días mas tarde te llega la tarjeta definitiva.

Saludos.
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javiyun
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#99 Mensaje por javiyun »

Si tenemos,como bien sabemos,una ley de buceo absurda y esperpéntica ,cuando mi cobertura de seguro me dice que debe de quedar dentro de esa "legalidad" parvulária,redactada por personas con inteligencia límite,se me ponen los pelos de punta solo de pensarlo. :fr(

Por eso tengo el seguro que realmente sabe de buceo y gasta mi dinero en investigaciones de buceo :roll: ,cuando quiero asegurar mi coche o moto también se a quien llamar para asegurarlo...y con ellos lo tengo; con los que saben de coches y motos. :roll: :ch)
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Bobtfe
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SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#100 Mensaje por Bobtfe »

Buenas tardes, dos cuestiones:
1. Según las condiciones de AXA solo cubre el transporte en ambulancia. Que ocurre con los rescates?
2. En las condiciones de FIATC pone no rebasar nunca la curva de seguridad. Es correcto?

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elpeke21
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#101 Mensaje por elpeke21 »

buenas a todos.

después de leer las 3 páginas e intentar sacar alguna conclusión, llego a lo siguiente:

1. Todos los seguros tienen sus triquiñuelas para en caso de una indemnización elevada, agarrarse alguna clausula para no pagar. No debería ser así pero siempre dejan alguno punto/artículo para hacerlo.

2. Tras leer varias coberturas de seguros como AXA, Extrasub, Scubamedic y DAN, llegó a la conclusión que en cuanto a coberturas el mejor es Extrasub. Hablo comparando cantidades, precio del seguro y coberturas ofrecidas. En ningún momento hablo del trato recibido en caso de emergencia ni de la especialización de los mismos.

3. DAN me parece que tiene unos precios desmesurados en cuanto a otros seguros y mas si comparao las coberturas.

4. En la página de extrasub es de las pocas que he encontrado como actuar en caso de accidente, donde llamar, centros médicos concertados, localización de cámaras hiperbáricas en España y Portugal. Sería interesante que pusieran también información de cámaras hiperbáricas en el resto del mundo.

5. Respecto a la póliza de Extrasub, lo único que no me conveze es que se lavan las manos en el caso de Resposabilidad Civil personal en USA y Canadá, no entiendo el porque y me gustaría que me lo explicaran.

Por todos lo demás me parece que no es mal seguro, siempre quedando a expensas de como actuarían en caso de emergencia.

Espero haber sido de ayuda

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osxdiver
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#102 Mensaje por osxdiver »

elpeke21

1) si pero no suelen hacer uso de esta clausula, si no muchos de ellos se quedarían sin clientes si llega a hacerse publico unos cuantos casos graves.

2) si y no. DAN no es un seguro, te haces affiliado de DAN, y aparte te incluye la cobertura que eliges

3) ver punto 2

4) pues no has mirado bien, en la de dan, nada mas arriba a la derecha pone emergencias, en tu tarjeta hay un numero para casos en el extranjero y otros en el pais.

llamar al 112? (como dice extrasub)

5) casi nadie te quiere cubrir la RC en usa y canada, por ser un pais que a la minima te denuncian y te piden indemnizaciones
http://mundospanish.com/noticias/la-imp ... es-en-usa/

yo me he quedado con DAN este año, la diferencia que supone de un seguro o otro, comparado con otros gastos del buceo es minima
las referencias de otros foreros que han tenido un problema con dan, comparandolo con otros seguros me echa atras.

DAN asegura hasta 150 metros(en su version silver), dando igual la titulación ya sea buceo Tek, o recreativo, circuito abierto o circuito cerrado.
cuando otros seguros, aseguran la profundidad hasta un maximo pero tambien hacen referencia que depende de tu titulación.
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elpeke21
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#103 Mensaje por elpeke21 »

gracias por solucionarme el punto 5. Igualmente deciros que he eligedi oExtrasub, espero no tener q usarlo nunca pero en caso de hacerlo os comentaría que tal.

electroduende
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#104 Mensaje por electroduende »

Quiero hacerme un seguro para bucear un par de meses aqui en Mallorca que es donde vivo... no creo que haga mas de 10 inmersiones.
Les he mandado un mail a los de buceoseguro.com (Axa) para que me indiquen cual son los centros concertados a los que tendria que ir en caso de accidente, por si a alguien le interesa os pego la respuesta tal cual:
"Estimado cliente,
Con nuestro seguro usted dispone de dos alternativas en cuanto a los gastos médicos:

La primera incluye hasta 12.000 euros para gastos médicos en centros de su libre elección, es decir acuden al médico deseado, abona la factura y nos la envía junto a un informe médico que justifique que ha sido un proceso ocurrido mientras buceaba o practicaba pesca submarina, el departamento de siniestros lo revisa y en unos días le hacen la trasferencia al asegurado.

La segunda alternativa es acudir a centros concertados de la compañía, en este caso los gastos de curación son ilimitados y usted no anticipa ningún pago. Para ello puede acudir a cualquier centro del Servicio de Salud Publica de la Seguridad Social, Cruz Roja, Protección Civil, etc. indicando el tipo de accidente deportivo que ha tenido, ellos le atienden y entregan un informe con un parte que nos tiene que remitir junto al informe médico. En este caso no hay que abonar nada.

También existen otros centros médicos en clínicas privadas, pero para acudir es necesario que primero nos comunique el siniestro y sus circunstancias para que lo evalúe el departamento médico junto al tramitador del siniestro, esta opción es para días laborables y en 24-48 horas suele haber respuesta, pues hay que concretar con la agenda del médico y enviar compromiso de pago para que el cliente no tenga que abonar nada. No le puedo facilitar una lista al uso ya que para acudir hay que solicitar autorización a la compañía y enviar el compromiso de pago cono le he explicado, por lo que recomiendo acudir en primera instancia al Servicio de Urgencias de la Comunidad Autónoma donde tenga el accidente y posteriormente si es necesario, pedir autorización a AXA para revisiones con un especialista.

Cualquier comunicación de siniestro lo pueden hacer a este correo o llamándome a mi móvil, lo recomendable es acudir primero a Urgencias a que le valoren la gravedad del accidente y no perder tiempo en llamar a AXA, eso se puede hacer más adelante. Normalmente las cámaras de toda España tienen acuerdos con las aseguradoras por lo que no tendrá que abonar nada y en caso de sospechar que es un accidente hiperbárico puede acudir directamente si así lo deciden desde el centro de buceo donde esté buceando, existen protocolos de actuación en todas las Comunidades Autónomas sobre cómo proceder en caso de accidente y ellos saben cuáles son las más cercanas y los horarios de apertura.

Espero haber aclarado un poco este asunto.

Atentamente"


Interpreto y teniendo en cuenta lo que he leido por este foro respecto a la experiencia con esta gente primero vas a la clinica que quieras, pagas la factura y despues se la reclamas a Axa, donde puede que se hagan los longuis para evitar pagartela...
La segunda opcion es ir a un centro concertado con Axa, es decir, de la Seguridad Social, donde no anticipo ningun pago... ¿para que quiero un seguro medico entonces?, si tal y como me lo plantean voy a ir al hospital publico mas cercano usando mi targeta sanitaria ya que conlleva menos burocracia y riesgos en cuanto a pagar o no las facturas de la atencion recibida... es un poco camelo, ¿no creeis? :shock:

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CreX
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#105 Mensaje por CreX »

electroduende escribió:Quiero hacerme un seguro para bucear un par de meses aqui en Mallorca que es donde vivo... no creo que haga mas de 10 inmersiones.
Les he mandado un mail a los de buceoseguro.com (Axa) para que me indiquen cual son los centros concertados a los que tendria que ir en caso de accidente, por si a alguien le interesa os pego la respuesta tal cual:
"Estimado cliente,
Con nuestro seguro usted dispone de dos alternativas en cuanto a los gastos médicos:

La primera incluye hasta 12.000 euros para gastos médicos en centros de su libre elección, es decir acuden al médico deseado, abona la factura y nos la envía junto a un informe médico que justifique que ha sido un proceso ocurrido mientras buceaba o practicaba pesca submarina, el departamento de siniestros lo revisa y en unos días le hacen la trasferencia al asegurado.

La segunda alternativa es acudir a centros concertados de la compañía, en este caso los gastos de curación son ilimitados y usted no anticipa ningún pago. Para ello puede acudir a cualquier centro del Servicio de Salud Publica de la Seguridad Social, Cruz Roja, Protección Civil, etc. indicando el tipo de accidente deportivo que ha tenido, ellos le atienden y entregan un informe con un parte que nos tiene que remitir junto al informe médico. En este caso no hay que abonar nada.

También existen otros centros médicos en clínicas privadas, pero para acudir es necesario que primero nos comunique el siniestro y sus circunstancias para que lo evalúe el departamento médico junto al tramitador del siniestro, esta opción es para días laborables y en 24-48 horas suele haber respuesta, pues hay que concretar con la agenda del médico y enviar compromiso de pago para que el cliente no tenga que abonar nada. No le puedo facilitar una lista al uso ya que para acudir hay que solicitar autorización a la compañía y enviar el compromiso de pago cono le he explicado, por lo que recomiendo acudir en primera instancia al Servicio de Urgencias de la Comunidad Autónoma donde tenga el accidente y posteriormente si es necesario, pedir autorización a AXA para revisiones con un especialista.

Cualquier comunicación de siniestro lo pueden hacer a este correo o llamándome a mi móvil, lo recomendable es acudir primero a Urgencias a que le valoren la gravedad del accidente y no perder tiempo en llamar a AXA, eso se puede hacer más adelante. Normalmente las cámaras de toda España tienen acuerdos con las aseguradoras por lo que no tendrá que abonar nada y en caso de sospechar que es un accidente hiperbárico puede acudir directamente si así lo deciden desde el centro de buceo donde esté buceando, existen protocolos de actuación en todas las Comunidades Autónomas sobre cómo proceder en caso de accidente y ellos saben cuáles son las más cercanas y los horarios de apertura.

Espero haber aclarado un poco este asunto.

Atentamente"


Interpreto y teniendo en cuenta lo que he leido por este foro respecto a la experiencia con esta gente primero vas a la clinica que quieras, pagas la factura y despues se la reclamas a Axa, donde puede que se hagan los longuis para evitar pagartela...
La segunda opcion es ir a un centro concertado con Axa, es decir, de la Seguridad Social, donde no anticipo ningun pago... ¿para que quiero un seguro medico entonces?, si tal y como me lo plantean voy a ir al hospital publico mas cercano usando mi targeta sanitaria ya que conlleva menos burocracia y riesgos en cuanto a pagar o no las facturas de la atencion recibida... es un poco camelo, ¿no creeis? :shock:
:wlcm:

Los accidentes, tráfico, deportivos, etc. etc. no están cubiertos por la S.S. Otra cosa es que sea Sanidad la que se encargue de cobrar después a tu seguro (Federativo, Seguro Obligatorio, DAN, AXA o el que tengas) si no tienes seguro........pagas tú.

Lo que parece increíble es la frase "No pierdas tiempo en llamar a AXA". En principio ellos deberían de saber cual es el Centro Médico mas cercano y mas adecuado para tratar ese accidente y enviarte a él. Y, si las cosas salen mal lo mismo te dicen que "No pierdas tiempo en llamar a AXA y que llames directamente a Ocaso.

Ufff!!!!
A la Mar le das igual. Bucea con cuidado.

Se escupe en las gafas y se mea en el traje.....¿o era al revés?

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Cherne
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#106 Mensaje por Cherne »

No entiendo lo que te responde el de AXA, si vas con un centro de buceo estos tienen que pagar unos 2000 euros anuales por la camara hiperbárica concertada por ley, y si no vas con ningún centro y tienes un accidente hiperbárico?

Que poco me ha gustado ese email....

Por cierto es cierto lo que dice Crex, preguntale a los montañistas (lo siento si esta mal dicho). Yo tuve un accidente en la moto y me pasaron una factura de la SS que me descontaron de Hacienda.
CreX escribió:"No pierdas tiempo en llamar a AXA y que llames directamente a Ocaso.
:fr( :fr( :fr(
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#107 Mensaje por osxdiver »

el unico sitio en todo baleares donde tienen una camara hiperbarica es en la clinica juaneda, es privada.
y en caso de emergencia, dudo que dispongas de 24-48 horas.

mas si tenemos en cuenta que un forero recientemente tuvo un incidente, y le dijeron de lunes a viernes, los findes no estan (cuando se suele bucear? lo normal es en fin de semana, yo al menos)
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electroduende
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#108 Mensaje por electroduende »

Es lo que tiene no haber ido nunca a urgencias, crei que la S.S. cubria cualquier problema de salud a cualquier persona con targeta sanitaria. Aun asi no pense en una accidente mas alla de una otitis o algun problema de oido, claro que nunca se sabe...
Lo de que tengas que esperar 24/48 horas para ver si te dan permiso para ir a la hiperbárica aquí en Baleares es para flipar :shock:
No me gusta el de Axa, he visto el de ExtraSub (que es Mapfre) y me convence un poco mas...
Alguien ha probado alguna vez el de Extrasub? quiero decir ha necesitado usarlo?
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#109 Mensaje por Luigi_M »

A veces hay que leer sin ganas de cabrearse, porque lo que está exponiendo ese agente de Axa es de lo más habitual en seguros de salud. Se llama seguro con reembolso de gastos, y te permite ir al centro que quieras o, por supuesto, a los concertados.Incluso cuando ha dicho que no os molestéis en llamar, lo que pone es [...]no perder tiempo en llamar a AXA, eso se puede hacer más adelante[/i]: primera recibe atención, que el resto vendrá después :ok2:

Normalmente un seguro de salud no rechaza un caso porque sí, pero es un sector muy dado a la picaresca y están siempre ojo avizor :|

Una duda para los de DAN: ese contrato tiene una parte en la que sí actúa como seguro para cubrir la RC, o lo tenéis que resolver por otro lado?
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#110 Mensaje por Eloi Dive & Travel »

elpeke21 escribió:buenas a todos.

después de leer las 3 páginas e intentar sacar alguna conclusión, llego a lo siguiente:

1. Todos los seguros tienen sus triquiñuelas para en caso de una indemnización elevada, agarrarse alguna clausula para no pagar. No debería ser así pero siempre dejan alguno punto/artículo para hacerlo.

2. Tras leer varias coberturas de seguros como AXA, Extrasub, Scubamedic y DAN, llegó a la conclusión que en cuanto a coberturas el mejor es Extrasub. Hablo comparando cantidades, precio del seguro y coberturas ofrecidas. En ningún momento hablo del trato recibido en caso de emergencia ni de la especialización de los mismos.

3. DAN me parece que tiene unos precios desmesurados en cuanto a otros seguros y mas si comparao las coberturas.

4. En la página de extrasub es de las pocas que he encontrado como actuar en caso de accidente, donde llamar, centros médicos concertados, localización de cámaras hiperbáricas en España y Portugal. Sería interesante que pusieran también información de cámaras hiperbáricas en el resto del mundo.

5. Respecto a la póliza de Extrasub, lo único que no me conveze es que se lavan las manos en el caso de Resposabilidad Civil personal en USA y Canadá, no entiendo el porque y me gustaría que me lo explicaran.

Por todos lo demás me parece que no es mal seguro, siempre quedando a expensas de como actuarían en caso de emergencia.

Espero haber sido de ayuda
Buenas tardes a tod@s,

Felicitaciones elpeke21 por el estudio de mercado efectuado; has analizado, has encontrado pros y contras y has decidido cual es, según tu opinión y necesidades, la mejor opción.

Solo difiero en ti en el primer punto, que además me ha extrañado dado que el análisis realizado expresa un mensaje distinto.

En pleno siglo XXI no creo adecuado hablar de “triquiñuelas en seguros”. Las pólizas son un contrato, no un cheque en blanco. Tienen sus coberturas y sus exclusiones (todo ello expuesto en sus Condicionados) y se han de conocer o tener un buen asesor para que nos las explique correctamente y después poder decidir.

Pero no hablemos de “triquiñuelas”, por favor.

Actualmente todas las aseguradoras son buenas y sus contratos remarcan claramente sus garantías cubiertas, sólo depende de que éstas sean las que realmente cada uno necesite y/o acepte según su actividad.

Sobre la R.C: La Gerencia de Riesgos de cada Aseguradora es la que define coberturas, territorio, etc.; puedo avanzarte que la Responsabilidad Civil en USA y Canadá se considera tremendamente elevada.
electroduende escribió:Quiero hacerme un seguro para bucear un par de meses aqui en Mallorca que es donde vivo... no creo que haga mas de 10 inmersiones.
Les he mandado un mail a los de buceoseguro.com (Axa) para que me indiquen cual son los centros concertados a los que tendria que ir en caso de accidente, por si a alguien le interesa os pego la respuesta tal cual:
"Estimado cliente,
Con nuestro seguro usted dispone de dos alternativas en cuanto a los gastos médicos:

La primera incluye hasta 12.000 euros para gastos médicos en centros de su libre elección, es decir acuden al médico deseado, abona la factura y nos la envía junto a un informe médico que justifique que ha sido un proceso ocurrido mientras buceaba o practicaba pesca submarina, el departamento de siniestros lo revisa y en unos días le hacen la trasferencia al asegurado.

La segunda alternativa es acudir a centros concertados de la compañía, en este caso los gastos de curación son ilimitados y usted no anticipa ningún pago. Para ello puede acudir a cualquier centro del Servicio de Salud Publica de la Seguridad Social, Cruz Roja, Protección Civil, etc. indicando el tipo de accidente deportivo que ha tenido, ellos le atienden y entregan un informe con un parte que nos tiene que remitir junto al informe médico. En este caso no hay que abonar nada.

También existen otros centros médicos en clínicas privadas, pero para acudir es necesario que primero nos comunique el siniestro y sus circunstancias para que lo evalúe el departamento médico junto al tramitador del siniestro, esta opción es para días laborables y en 24-48 horas suele haber respuesta, pues hay que concretar con la agenda del médico y enviar compromiso de pago para que el cliente no tenga que abonar nada. No le puedo facilitar una lista al uso ya que para acudir hay que solicitar autorización a la compañía y enviar el compromiso de pago cono le he explicado, por lo que recomiendo acudir en primera instancia al Servicio de Urgencias de la Comunidad Autónoma donde tenga el accidente y posteriormente si es necesario, pedir autorización a AXA para revisiones con un especialista.

Cualquier comunicación de siniestro lo pueden hacer a este correo o llamándome a mi móvil, lo recomendable es acudir primero a Urgencias a que le valoren la gravedad del accidente y no perder tiempo en llamar a AXA, eso se puede hacer más adelante. Normalmente las cámaras de toda España tienen acuerdos con las aseguradoras por lo que no tendrá que abonar nada y en caso de sospechar que es un accidente hiperbárico puede acudir directamente si así lo deciden desde el centro de buceo donde esté buceando, existen protocolos de actuación en todas las Comunidades Autónomas sobre cómo proceder en caso de accidente y ellos saben cuáles son las más cercanas y los horarios de apertura.

Espero haber aclarado un poco este asunto.

Atentamente"


Interpreto y teniendo en cuenta lo que he leido por este foro respecto a la experiencia con esta gente primero vas a la clinica que quieras, pagas la factura y despues se la reclamas a Axa, donde puede que se hagan los longuis para evitar pagartela...
La segunda opcion es ir a un centro concertado con Axa, es decir, de la Seguridad Social, donde no anticipo ningun pago... ¿para que quiero un seguro medico entonces?, si tal y como me lo plantean voy a ir al hospital publico mas cercano usando mi targeta sanitaria ya que conlleva menos burocracia y riesgos en cuanto a pagar o no las facturas de la atencion recibida... es un poco camelo, ¿no creeis? :shock:
Electroduende: Entiendo y comparto tus conclusiones y preocupaciones frente a una operativa como la que comentas: ¿qué pasa si necesitamos acceso inmediato a una cámara hiperbárica y el centro en el que se encuentra es privado?. Sobre las coberturas ilimitadas en centros concertados (Seguridad Social), ¿tendrá el centro público al que me dirija a los profesionales adecuados con conocimientos en medicina hiperbárica, enfermedades descompresivas, etc…?

Por lo mencionado, y si partimos de la base de que muchos de los seguros de buceo existentes en el mercado son pólizas de Accidentes regidas por su propio protocolo, tenemos que tener en cuenta cómo funcionan: Los seguros de Accidentes son, generalmente, de prepago y reembolso.

Nuestro seguro Diving 3.0 distribuido aquí en el Foro (ver banner superior) está contratado con AXA Inter Partner Assistance y no tiene nada que ver con el seguro que mencionas, ni con la rama de Axa con la que te has comunicado.

Con el Diving 3.0, que NO es una póliza de Accidentes (prepago/reembolso) sino de ASISTENCIA MÉDICA, la compañía gestiona todo el proceso y el asegurado no tiene que adelantar nada (salvo pequeñas partidas que la compañía no puede pagar en primera persona, lógicamente, como taxis, farmacias…).

Nuestro seguro, es importante la diferencia, no sólo cubre accidentes sino también enfermedades durante todo el tiempo en que estemos realizando la actividad.

Axa Inter Partner Assistance (Axa Assistance España) es una Aseguradora multiespecialista de la Asistencia en Viaje que lleva operando en el mercado español desde hace más de 50 años, líder en la prestación y gestión de servicios.

Hace más de 20 años que trabajamos con esta rama de Axa para nuestros productos de Asistencia en Viaje tradicional, y es por eso que decidimos desarrollar nuestro seguro de Buceo siguiendo los mismos criterios de siempre, de la mano de esta Compañía.

Entre las coberturas de nuestro Diving 3.0 destacamos los 30.000 euros (treinta mil) en gastos médicos en el centro que sea, tanto públicos como privados.

No pretendía hacer publicidad, simplemente evitar confusiones (más bien que se nos confunda) en cuanto a qué productos existen, cómo funcionan y quién los comercializa. Una misma Compañía puede tener productos "similares" pero a la vez muy diferentes entre sí y comercializados a través de distintos canales y especialistas.

Recordad que estamos a vuestra disposición.

Que tengáis buenas (y seguras) inmersiones.

Un saludo!
Dive & Travel Solutions
Agencia de seguros especializada en turismo, submarinismo y deportes de aventura

www.segurosdebuceo.com
Página web para particulares y profesionales

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Verseguro.es
¡Menos plástico, por favor! Plataforma de gestión para tu seguro de buceo

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Cherne
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Re: SEGURO DE BUCEO, CUAL? CUANTO? COMO?...

#111 Mensaje por Cherne »

No te disculpes Maite, siempre las opiniones profesionales son bienvenidas y al menos a mi me has aclarado algunos puntos que no tenía en cuenta o desconocía.

Muchísimas gracias y tendré muy en cuenta tus aportaciones
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