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#41 Mensaje por MrGreen »

pira escribió:a parte de ser DM hay otras vías para mejorar nuestras habilidades no creo que el objetivo de todo buceador deba ser el aspirar a DM o instructor, ni tampoco al tech
Generalmente, y es triste que sea así (porque no debería serlo) para mejorar nuestras habilidades, por lo general la vía es un curso de inicio al técnico. No porque el técnico sea la releche o todo el mundo tenga que ser buceador técnico, sino porque son en los únicos cursos donde el objetivo del curso es mejorar tus habilidades hasta un grado suficiente como para poder hacer técnico.

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#42 Mensaje por pira »

arnaiz escribió:Tu puedes hacer lo que creas conveniente. Otra cosa es que esté sujeto a ley y asumas responsabilidades.
En el enlace puedes leer el alcance de ese tipo de actividades ya sea cobrando o sin cobrar. Que por otro lado nada tiene que ver para estar capacitado legalmente.
Cuando entramos en el Pozo ninguno hace de guía y cada uno asume su responsabilidad como buceador titulado.
Si alguna vez yo he hecho de guía es porque estoy capacitado para ello, con mis seguros en regla, mi status active y mi titulación acorde a la actividad. Sin cobrar nada, por supuesto, ya que son amigos, y porque yo no vivo de ello. Pero mi responsabilidad es la misma ante la ley. Así que prefiero tener las espaldas cubiertas.
Con la nueva ley de buceo me podrías decir realmente cómo queda?

Todos los buceadores tienen una RC que cubre posibles daños variados a terceros, los profesionales tienen una RC mayor ya que su responsabilidad es más grande, pero ello no significa que ningún buceador pueda guiar a otro y tanto da si es en buceo recreativo o técnico ya que si se bucea como un equipo siempre habrá alguien que lidere el buceo en alguna parte del mismo, es así, es simple porque se bucea en equipo, si no hay alguien que dirija, simplemente lo mejor es que cada uno bucee por su cuenta
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#43 Mensaje por arnaiz »

Queda derogada....."copio"
La Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de
seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, sin perjuicio de lo dispuesto en la
disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera. Exigencia de las obligaciones de aseguramiento de
responsabilidad civil y de accidente en las actividades de buceo.
Hasta que se lleve a cabo la modificación legal del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, las obligaciones de aseguramiento contenidas en
este real decreto se exigirán con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14.1 y 24.1 de la
Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguridad para el
ejercicio de actividades subacuáticas.


Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
1. Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá encontrarse en posesión de un «Seguro de accidentes y de responsabilidad civil», que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas.10. La responsabilidad de la preparación y planeamiento de una operación de buceo, recaerá siempre sobre el buceador de mayor rango. Del mismo modo, todo el personal que participe en la misma, deberá estar enterado del programa que se va a llevar a cabo.

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#44 Mensaje por pira »

arnaiz escribió:Queda derogada....."copio"
La Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de
seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, sin perjuicio de lo dispuesto en la
disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera. Exigencia de las obligaciones de aseguramiento de
responsabilidad civil y de accidente en las actividades de buceo.
Hasta que se lleve a cabo la modificación legal del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, las obligaciones de aseguramiento contenidas en
este real decreto se exigirán con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14.1 y 24.1 de la
Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguridad para el
ejercicio de actividades subacuáticas.


Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
1. Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá encontrarse en posesión de un «Seguro de accidentes y de responsabilidad civil», que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas.10. La responsabilidad de la preparación y planeamiento de una operación de buceo, recaerá siempre sobre el buceador de mayor rango. Del mismo modo, todo el personal que participe en la misma, deberá estar enterado del programa que se va a llevar a cabo.
Vamos, si un owd va a bucear con un aowd quien es el responsable si guía o no segun esto para ti?
Última edición por pira el 24/Dic/2020, 07:49, editado 1 vez en total.
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#45 Mensaje por arnaiz »

En el codigo civil y penal aun es más complejo. Pero existe jurisprudencia al respecto y no salen bien parados en bastantes ocasiones los que organizan o guían actividades con desenlaces fatales.
Necesitaríamos un profesional para que nos despejase dudas. Pero, ante estas, mejor ser precavido.
Aparte del seguro DAN particular en el que se incluye la RC sobre mis alumnos, todos los años contratamos otro,exclusivamente de RC, para las inmersiones en las que voy de Guía en la escuela de buceo.

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#46 Mensaje por arnaiz »

Nos solapamos.
Según "eso" el buceador de mayor titulación. Según mi criterio los dos deben ser responsables, como buceadores titulados y con seguro. Pero para ello debe quedar claro que ninguno de los dos hace de guía.
Repito lo de guía benevolo o garante que si está contemplado en el código penal.

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#47 Mensaje por pira »

arnaiz escribió:En el codigo civil y penal aun es más complejo. Pero existe jurisprudencia al respecto y no salen bien parados en bastantes ocasiones los que organizan o guían actividades con desenlaces fatales.
Necesitaríamos un profesional para que nos despejase dudas. Pero, ante estas, mejor ser precavido.
Aparte del seguro DAN particular en el que se incluye la RC sobre mis alumnos, todos los años contratamos otro,exclusivamente de RC, para las inmersiones en las que voy de Guía en la escuela de buceo.
Esto está muy bien para los DM o instructores en activo, con una RC creo que es más que suficiente ya que las de las escuelas la mayoría de veces también están para aquello que pueda pasar a un cliente y no solo cuando está buceando
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#48 Mensaje por arnaiz »

De esto se habló largo y tendido, casi tumbado, http://forobuceo.org/phpBB3/viewtopic.p ... d5d9d5hace años:

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#49 Mensaje por pira »

arnaiz escribió:Nos solapamos.
Según "eso" el buceador de mayor titulación. Según mi criterio los dos deben ser responsables, como buceadores titulados y con seguro. Pero para ello debe quedar claro que ninguno de los dos hace de guía.
Repito lo de guía benevolo o garante que si está contemplado en el código penal.
No pueden ser los dos responsables porque habla de mayor titulación es por ello que siempre hay que diferenciar entre profesionales y no profesionales, pero los rangos de titulación existen, incluso entre 2 owd dependiendo de la experiencia o fechas de cuando obtuvieron su titulación
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#50 Mensaje por arnaiz »

Pira, los "particulares" también tenemos responsabilidades.
No hace falta ser profesional ni cobrar para "comerte un marrón". En las "otras" inmersiones todos somos iguales, sea en un pecio o en una cueva, planificamos juntos y asumimos de manera individual la responsabilidad de la inmersión. De hecho yo suelo ir solo muchas veces al Pozo y ni doy ni pido cuentas a nadie. Exactamente igual que en la montaña por lo que, además de la licencia deportiva, dispongo de seguros de accidentes que cubren las actividades que realizo.
Pero que cada uno haga lo que quiera. Yo tan solo planteo mi opinión con la información que tengo o busco y con la mejor de las intenciones.
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#51 Mensaje por JuanGi »

Gracias a los dos, Pira y Arnaiz, en mi experiencia cuando te acercas a los límites las cosas dejan des ser blanco y negro, a mí los dos puntos de vista que dais me parecen razonables ambos, dependiendo de las circunstancias específicas que rodeen al supuesto accidente.
AlvaroGranell escribió: El cobro implica actividad profesional, por tanto, conocidos o no conocidos, si cobras... DM.
Con "hacer de guía" me refería a sin cobrar.

Un ejemplo, una B1* que suele bucear en una zona y se la conoce bien y un día queda con una amiga B2* menos experimentada en esa zona.
Las compañeras buceadoras autónomas y responsables de sus actos, deciden que la que va a indicar la ruta a seguir es la B1* por que conoce la zona mejor.
Para mí este caso se trata de buceo autónomo sin guía, a este tipo de circunstancias me refería con bucear con amigos.

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#52 Mensaje por PeN »

En mi caso cuando voy con amigos, aunque uno "guie" todos somos buzos titulados y experimentados y en caso de incidente todos igual de responsables.

Aunque nunca se ha dado el caso de incidente grave y en ese caso a saber si se señalaria algun responsable..

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#53 Mensaje por MrGreen »

JuanGi escribió:Un ejemplo, una B1* que suele bucear en una zona y se la conoce bien y un día queda con una amiga B2* menos experimentada en esa zona.
Las compañeras buceadoras autónomas y responsables de sus actos, deciden que la que va a indicar la ruta a seguir es la B1* por que conoce la zona mejor.
Para mí este caso se trata de buceo autónomo sin guía, a este tipo de circunstancias me refería con bucear con amigos.
No, no, en toda inmersión hay un responsable de la inmersión. Si no se habla de ello durante el briefing se asume que es el de mayor titulación... y si un juez tiene que entrar a dirimir en el asunto así será. Entienda cada uno lo que entienda.

Es decir yo, con titulación de instructor, si me voy a bucear a una zona que no conozco y me guía un B1E debo dejar muy claro que el responsable es él... pero ojo, si en el trasncurso de la inmersión acontecen cosas que a mí, como buzo de titulación superior, deberían hacer que abortase el buceo o tomase parte activa para evitarlo o solucionarlo, ya te digo yo que el juez va a señalarme con el dedo.

Un saludo

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#54 Mensaje por JuanGi »

Como buceadores todos tenemos responsabilidad por nuestros actos.

Pero mi duda es si es legal que una buceadora B1* indique el camino a otros buceadores, o si para poder hacerlo debería tener un seguro especial o ser DM o qué se yo.

Yo me he visto enseñando el camino a conocidos en varias ocasiones siempre en aguas abiertas y respetando la profundidad máxima, nunca pensé que en esas circunstancias tuviera yo una responsabilidad.

Obviamente soy conscientemente de que si les llevara a una muerte segura eso sería un delito penal y ningún seguro te va a cubrir eso.

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#55 Mensaje por MrGreen »

JuanGi escribió:Pero mi duda es si es legal que una buceadora B1* indique el camino a otros buceadores, o si para poder hacerlo debería tener un seguro especial o ser DM o qué se yo.
Sí, mientras no cobre es perfectamente legal. Ahora, si pasa algo, muy probablemente pille el de mayor rango.
JuanGi escribió:Yo me he visto enseñando el camino a conocidos en varias ocasiones siempre en aguas abiertas y respetando la profundidad máxima, nunca pensé que en esas circunstancias tuviera yo una responsabilidad.
La tienes, y si eres el de mayor titulación (o guías siendo todos del mismo rango) tienes TODA la responsabilidad.
JuanGi escribió:Obviamente soy conscientemente de que si les llevara a una muerte segura eso sería un delito penal y ningún seguro te va a cubrir eso.
No hace falta que les lleves a una muerte segura, basta que pase algo y se ponga en manos de un juez. El susto (a parte del disgusto) te lo llevas.

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#56 Mensaje por JuanGi »

Conclusión no se puede ir a bucear con amigos y que cada uno sea responsable de sí mismo, siempre tiene que haber un responsable del grupo...

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#57 Mensaje por pira »

JuanGi escribió:Conclusión no se puede ir a bucear con amigos y que cada uno sea responsable de sí mismo, siempre tiene que haber un responsable del grupo...
Siempre pero ello no indica que deba ser profesional y tener una rc profesional
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#58 Mensaje por arnaiz »

JuanGi, no es así. Siempre se buscará un responsable en caso de accidente o reclamación de daños.
Todos los participantes deben ser conscientes de los riesgos de la actividad que realizan, estar preparados para realizarla e intentar por todos los medios a su alcance evitar que ocurra un accidente.
Aun así quedamos en manos del juez de turno para saber si tuvimos alguna responsabilidad o no en caso de que ocurra. Se revisarán ordenadores, perfiles de inmersión y se citará a declarar a los componentes del grupo.
Y las imputaciones pueden venir por diferentes motivos según las Leyes, Ordenes y Decretos de CCAA, del codigo civil y penal, de la Marina mercante....incluso de la Inquisición como el accidente sea en la cueva de la virgen de Mazarrón.
Así que, ante todo, sentido común.

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#59 Mensaje por JuanGi »

Si, estaba siendo irónico.

Doy por hecho que cada cual es responsable de sus actos y decisiones, que mientras no haya lucro, no se haya infringido ninguna ley y cada uno haya actuado de acuerdo a los protocolos y a las limitaciones de su certificación, los seguros van a cubrir el posible accidente.

Y otra cosa interesante que dijo Pira en FEDAS a partir de el B2* estas capacitado para planificar inmersiones recreativas, si la planificación es correcta no entiendo qué delito penal puede haber cometido un b2 * que planifique una inmersion con sus amigos.

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#60 Mensaje por MAXS »

Lo que tú das por hecho, lo que dice la ley y a lo que se agarraría un fiscal para encontrar al responsable no tienen porqué coincidir.

El que tenga la titulación de mayor rango, y a igualdad cuenta la experiencia, va a ser carne de cañón.
¡No lo fuerces! Coge un martillo más grande.

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#61 Mensaje por Raff_ »

Alguno conoceis de sentencias ya publicadas a fin de ver supuestos reales?

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#62 Mensaje por JuanGi »

Raff_ escribió:Alguno conoceis de sentencias ya publicadas a fin de ver supuestos reales?
En mi caso yo hablo sin conocer, no sé de ninguna sentencia.
También es cierto que los juicios los carga el diablo y pueden salir por cualquier lado.

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#63 Mensaje por MrGreen »

JuanGi escribió:Y otra cosa interesante que dijo Pira en FEDAS a partir de el B2* estas capacitado para planificar inmersiones recreativas, si la planificación es correcta no entiendo qué delito penal puede haber cometido un b2 * que planifique una inmersion con sus amigos.
Que yo sepa, de planificar una inmersión recreativa debería ser capaz cualquier persona con un título de buceo, sea del nivel que sea.

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#64 Mensaje por JuanGi »

AlvaroGranell escribió: Que yo sepa, de planificar una inmersión recreativa debería ser capaz cualquier persona con un título de buceo, sea del nivel que sea.
¿Lo indica expresamente entre las atribuciones? Una cosa es ser capaz y otra estar certificado para ello.
FEDAS indica expresamente esta capacidad para el b2* pero no para el b1*
Raff_ escribió:Alguno conoceis de sentencias ya publicadas a fin de ver supuestos reales?
Retomo, ¿conocéis alguna caso de un buceador que haya liderado una inmersión entre amigos y que por haber planificado la inmersión, aún sin haber incurrido en negligencias en su planificación, pero por motivos fortuitos haya devenido un accidente, no le haya cubierto su seguro recreativo?

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#65 Mensaje por k l i k »

JuanGi escribió: Retomo, ¿conocéis alguna caso de un buceador que haya liderado una inmersión entre amigos y que por haber planificado la inmersión, aún sin haber incurrido en negligencias en su planificación, pero por motivos fortuitos haya devenido un accidente, no le haya cubierto su seguro recreativo?
Y entonces para que sirve el seguro???? Si tienes que hacerlo todo bien y además no tener que tener un accidente.....

la verdad es que yo no conozco ningún caso en los que el seguro no haya cubierto la incidencia

Y solo conozco un caso de muerte rebasando los límites de profundidad legales en España, usando gases similares a los que usaban otras personas que fueron denunciadas por ello en otra zona de España, y ninguno de los acompañantes fue investigado por ello y el seguro se hizo cargo de todos los gastos incluyendo la indemnización por fallecimiento.

Afirmáis con una ligereza.....
.
El conocimiento es el único bien que cuanto más se comparte, mas crece

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#66 Mensaje por PeN »

k l i k escribió:
JuanGi escribió: Retomo, ¿conocéis alguna caso de un buceador que haya liderado una inmersión entre amigos y que por haber planificado la inmersión, aún sin haber incurrido en negligencias en su planificación, pero por motivos fortuitos haya devenido un accidente, no le haya cubierto su seguro recreativo?
Y entonces para que sirve el seguro???? Si tienes que hacerlo todo bien y además no tener que tener un accidente.....

la verdad es que yo no conozco ningún caso en los que el seguro no haya cubierto la incidencia

Y solo conozco un caso de muerte rebasando los límites de profundidad legales en España, usando gases similares a los que usaban otras personas que fueron denunciadas por ello en otra zona de España, y ninguno de los acompañantes fue investigado por ello y el seguro se hizo cargo de todos los gastos incluyendo la indemnización por fallecimiento.

Afirmáis con una ligereza.....
El seguro cubrira gastos en caso de responsabilidad civil.

Pero si ha habido negligencia, o asi lo considera asi, ahi el seguro no pinta nada, el que tendra que cumplir la pena sera el señalado como culpable.

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#67 Mensaje por JuanGi »

Por lo que os estoy entendiendo en caso de que haya un cadáver y no hubiera un guía titulado, van a buscar la negligencia debajo de las piedras y más te vale que no falte un silvato o un cortacabos en el equipo de nadie.

Nosotros hemos bajado con amigos advanced (con inmersiones profundas) al naranjito (-38m) haciendo un briefing largo, hablandolo todo, la ruta, las profundidades, los tiempos, los gases de retorno, las parejas, quién va primero, quien va último, etc. Y la verdad no hemos tenido nunca ningún problema.

Pero después de leéros ya nunca mais, al naranjito yo ya sólo bajo con mi compañera y espero que dentro de poco lo hagamos (estemos preparados para hacerlo) con dos botellas + stage .

Estoy totalmente de acuerdo con lo que habéis dicho muchos, para mí es mejor seguirla formación hacia el técnico que no hacia el DM.

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#68 Mensaje por charlie hebdo »

arnaiz escribió:Nos solapamos.
Según "eso" el buceador de mayor titulación. Según mi criterio los dos deben ser responsables, como buceadores titulados y con seguro. Pero para ello debe quedar claro que ninguno de los dos hace de guía.
Repito lo de guía benevolo o garante que si está contemplado en el código penal.
Pues ya que pedías la opinión de un experto y soy abogado.... Voy a decir algunas generalidades.
Aquí hay dos planos, el de la responsabilidad civil y el de la responsabilidad penal. Empiezo por la penal, porque es la más grave.

En caso de que haya un muerto, pueden pasar dos cosas, que sea un accidente o que sea un homicidio. El homicidio puede ser de tres maneras:
-Con dolo directo (me caía mal y aproveché que estábamos en un ambiente hostil para cerrarle la botella y atarle a una roca para que se muera, es decir, quería matarlo y lo maté)
-Con dolo eventual: No quería directamente matarlo, pero hice algo, que sin tener una finalidad, ponía en grave riesgo la vida de otra persona y era previsible que se muriera (por ejemplo, estoy en la cueva del agua y por hacer una gracia le cierro las dos botellas, el tío entra en pánico y palma.
-Con imprudencia. Es decir, hago algo que es una imprudencia sin que sea previsible que se mate pero por lo que sea acaba muriendo. Ejemplo, en una inmersión sin techo, (ya, ya sé que todas tienen techo real o virtual, pero eso un juez no lo termina de ver) yo como guía le digo que no pasa nada porque entre dentro de un pecio con un 12L a 30 metros y que se dé unas vueltas por dentro sin tender hilo guía y con una formación de OWD.
A mi modo de ver, esta última actuación encajaría a la perfección en el homicidio imprudente, ya que el guía (GG Fedas, o DM, o Instructor o lo que sea, quien planifica la inmersión y la víctima deposita su confianza en él) asume la posición de garante y comete una imprudencia al empujar a una persona a bucear fuera de sus límites de "skills" y formación.
Esto tiene poco que ver con que el guía cobre o no cobre. Hablamos de responsabilidad penal. Y la diferencia entre que cobre o no cobre es que la responsabilidad civil sea contractual o extracontractual. Pero eso es otra cosa.
Ahora bien, como en casi todos los procesos penales, el problema es de prueba. ¿existen pruebas de que alguien asumió la dirección del grupo y la planificación de la inmersión? Si es una inmersión de un centro o club de buceo en la que queda un registro, es relativamente sencillo probar quien lideraba la inmersión. Pero si somos un grupo de amigos y simplemente quedamos para una inmersión, por el hecho de que uno tenga más titulación que el otro se considera responsable? Pues no, o al menos no automáticamente. Si yo soy instructor y a mi lado va un divemaster que es de la zona, yo soy de otro sitio, él conoce el entorno y nos explica él lo que nos vamos a encontrar debajo del agua, el responsable será él, no yo aunque sea Course Director. Eso sí, como digo siempre, el Derecho no son matemáticas, cada caso es distinto y cada Juez y Fiscal son distintos. Y como mínimo, si hay una muerte es casi seguro que va a haber una investigación penal y que van a ser investigados todos aquellos que formen parte de la inmersión con ciertos visos de haberla guiado.

Sobre la responsabilidad civil. Pues aquí hay varias cosas que decir. La primera, que la responsabilidad civil no la puede conceder el Juez de oficio, la tiene que pedir una de las partes, por tanto, uno de los herederos de la víctima tiene que pedir una responsabilidad civil y pedírsela a alguien. Tiene que decir: "yo creo que el responsable de la muerte de mi hermana es este señor y por eso le pido 100.000 euros de indemnización". Lo segundo, puede darse esa responsabilidad civil aunque no exista dolo o imprudencia. Es decir, puede ser meramente accidental la muerte, puede que no tenga relevancia penal, pero puede que aún así, el responsable del accidente sea yo. Un ejemplo claro es el conductor que se despista y atropella a un peatón que cruza por donde no debe. El no tiene ninguna responsabilidad penal, pero sin embargo su seguro tendrá que pagar la indemnización del peatón. Porque de forma fortuita, ha causado un perjuicio a otra persona. Sin culpa, pero la ha causado.
Entonces, ¿siempre que haya un accidente, el centro de buceo o su seguro tendrá que hacerse cargo? Pues tampoco. Esto es muy discutible, ya que la propia acción de bucear es una actividad peligrosa. El agua es un medio incompatible con la vida humana y nosotros sabemos que corremos un riesgo cada vez que entramos en ella. Por eso existe le figura de "riesgo voluntariamente asumido". Os pongo un ejemplo muy chusco pero que fue real. Una mami con su nene que va a la cabalgata de reyes. Los reyes magos tiran caramelos y paquetes de caramelos (algunos paquetes la verdad es que parecen nunchakus) un paquete de caramelos le da al nene en las gafas y se las rompe y le hace un pequeño corte en la cara que le deja una cicatriz de un centímetro. La mami demanda por vía civil, el juez dice que si uno se pone en la trayectoria de caramelos, entra dentro de lo previsible llevarse un caramelazo. Por tanto, ¿cuando buceamos hay un riesgo voluntariamente asumido? Pues si la inmersión está dentro de nuestro rango, el DM hace todo lo que debe hacer y yo por mi propia actuación o porque me da un infarto debajo del agua, o porque contra las indicaciones del DM me alejo del grupo y me meto en un berenjenal la palmo, pues he asumido un riesgo y la responsabilidad es únicamente mía.

Y ahora que veo todo lo que he escrito, me da que en vez de aclarar nada os he liado más. Pero... el Derecho, como decía antes, no son matemáticas.

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#69 Mensaje por MAXS »

charlie hebdo escribió:
Pues ya que pedías la opinión de un experto y soy abogado.... Voy a decir algunas generalidades.
[...]

Y ahora que veo todo lo que he escrito, me da que en vez de aclarar nada os he liado más. Pero... el Derecho, como decía antes, no son matemáticas.
:plas:
Se agradecen muchísimo esta clase de intervenciones.
¡No lo fuerces! Coge un martillo más grande.

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JuanGi
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#70 Mensaje por JuanGi »

charlie hebdo escribió:
arnaiz escribió:Nos solapamos.
Según "eso" el buceador de mayor titulación. Según mi criterio los dos deben ser responsables, como buceadores titulados y con seguro. Pero para ello debe quedar claro que ninguno de los dos hace de guía.
Repito lo de guía benevolo o garante que si está contemplado en el código penal.
Pues ya que pedías la opinión de un experto y soy abogado.... Voy a decir algunas generalidades.
Aquí hay dos planos, el de la responsabilidad civil y el de la responsabilidad penal. Empiezo por la penal, porque es la más grave.

En caso de que haya un muerto, pueden pasar dos cosas, que sea un accidente o que sea un homicidio. El homicidio puede ser de tres maneras:
-Con dolo directo (me caía mal y aproveché que estábamos en un ambiente hostil para cerrarle la botella y atarle a una roca para que se muera, es decir, quería matarlo y lo maté)
-Con dolo eventual: No quería directamente matarlo, pero hice algo, que sin tener una finalidad, ponía en grave riesgo la vida de otra persona y era previsible que se muriera (por ejemplo, estoy en la cueva del agua y por hacer una gracia le cierro las dos botellas, el tío entra en pánico y palma.
-Con imprudencia. Es decir, hago algo que es una imprudencia sin que sea previsible que se mate pero por lo que sea acaba muriendo. Ejemplo, en una inmersión sin techo, (ya, ya sé que todas tienen techo real o virtual, pero eso un juez no lo termina de ver) yo como guía le digo que no pasa nada porque entre dentro de un pecio con un 12L a 30 metros y que se dé unas vueltas por dentro sin tender hilo guía y con una formación de OWD.
A mi modo de ver, esta última actuación encajaría a la perfección en el homicidio imprudente, ya que el guía (GG Fedas, o DM, o Instructor o lo que sea, quien planifica la inmersión y la víctima deposita su confianza en él) asume la posición de garante y comete una imprudencia al empujar a una persona a bucear fuera de sus límites de "skills" y formación.
Esto tiene poco que ver con que el guía cobre o no cobre. Hablamos de responsabilidad penal. Y la diferencia entre que cobre o no cobre es que la responsabilidad civil sea contractual o extracontractual. Pero eso es otra cosa.
Ahora bien, como en casi todos los procesos penales, el problema es de prueba. ¿existen pruebas de que alguien asumió la dirección del grupo y la planificación de la inmersión? Si es una inmersión de un centro o club de buceo en la que queda un registro, es relativamente sencillo probar quien lideraba la inmersión. Pero si somos un grupo de amigos y simplemente quedamos para una inmersión, por el hecho de que uno tenga más titulación que el otro se considera responsable? Pues no, o al menos no automáticamente. Si yo soy instructor y a mi lado va un divemaster que es de la zona, yo soy de otro sitio, él conoce el entorno y nos explica él lo que nos vamos a encontrar debajo del agua, el responsable será él, no yo aunque sea Course Director. Eso sí, como digo siempre, el Derecho no son matemáticas, cada caso es distinto y cada Juez y Fiscal son distintos. Y como mínimo, si hay una muerte es casi seguro que va a haber una investigación penal y que van a ser investigados todos aquellos que formen parte de la inmersión con ciertos visos de haberla guiado.

Sobre la responsabilidad civil. Pues aquí hay varias cosas que decir. La primera, que la responsabilidad civil no la puede conceder el Juez de oficio, la tiene que pedir una de las partes, por tanto, uno de los herederos de la víctima tiene que pedir una responsabilidad civil y pedírsela a alguien. Tiene que decir: "yo creo que el responsable de la muerte de mi hermana es este señor y por eso le pido 100.000 euros de indemnización". Lo segundo, puede darse esa responsabilidad civil aunque no exista dolo o imprudencia. Es decir, puede ser meramente accidental la muerte, puede que no tenga relevancia penal, pero puede que aún así, el responsable del accidente sea yo. Un ejemplo claro es el conductor que se despista y atropella a un peatón que cruza por donde no debe. El no tiene ninguna responsabilidad penal, pero sin embargo su seguro tendrá que pagar la indemnización del peatón. Porque de forma fortuita, ha causado un perjuicio a otra persona. Sin culpa, pero la ha causado.
Entonces, ¿siempre que haya un accidente, el centro de buceo o su seguro tendrá que hacerse cargo? Pues tampoco. Esto es muy discutible, ya que la propia acción de bucear es una actividad peligrosa. El agua es un medio incompatible con la vida humana y nosotros sabemos que corremos un riesgo cada vez que entramos en ella. Por eso existe le figura de "riesgo voluntariamente asumido". Os pongo un ejemplo muy chusco pero que fue real. Una mami con su nene que va a la cabalgata de reyes. Los reyes magos tiran caramelos y paquetes de caramelos (algunos paquetes la verdad es que parecen nunchakus) un paquete de caramelos le da al nene en las gafas y se las rompe y le hace un pequeño corte en la cara que le deja una cicatriz de un centímetro. La mami demanda por vía civil, el juez dice que si uno se pone en la trayectoria de caramelos, entra dentro de lo previsible llevarse un caramelazo. Por tanto, ¿cuando buceamos hay un riesgo voluntariamente asumido? Pues si la inmersión está dentro de nuestro rango, el DM hace todo lo que debe hacer y yo por mi propia actuación o porque me da un infarto debajo del agua, o porque contra las indicaciones del DM me alejo del grupo y me meto en un berenjenal la palmo, pues he asumido un riesgo y la responsabilidad es únicamente mía.

Y ahora que veo todo lo que he escrito, me da que en vez de aclarar nada os he liado más. Pero... el Derecho, como decía antes, no son matemáticas.
Gracias Charlie, buen aporte.

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tritonBCN
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#71 Mensaje por tritonBCN »

Muy buen aporte; gracias charlie!

:plas:
charlie hebdo escribió:
arnaiz escribió:Nos solapamos.
Según "eso" el buceador de mayor titulación. Según mi criterio los dos deben ser responsables, como buceadores titulados y con seguro. Pero para ello debe quedar claro que ninguno de los dos hace de guía.
Repito lo de guía benevolo o garante que si está contemplado en el código penal.
Pues ya que pedías la opinión de un experto y soy abogado.... Voy a decir algunas generalidades.
Aquí hay dos planos, el de la responsabilidad civil y el de la responsabilidad penal. Empiezo por la penal, porque es la más grave.

En caso de que haya un muerto, pueden pasar dos cosas, que sea un accidente o que sea un homicidio. El homicidio puede ser de tres maneras:
-Con dolo directo (me caía mal y aproveché que estábamos en un ambiente hostil para cerrarle la botella y atarle a una roca para que se muera, es decir, quería matarlo y lo maté)
-Con dolo eventual: No quería directamente matarlo, pero hice algo, que sin tener una finalidad, ponía en grave riesgo la vida de otra persona y era previsible que se muriera (por ejemplo, estoy en la cueva del agua y por hacer una gracia le cierro las dos botellas, el tío entra en pánico y palma.
-Con imprudencia. Es decir, hago algo que es una imprudencia sin que sea previsible que se mate pero por lo que sea acaba muriendo. Ejemplo, en una inmersión sin techo, (ya, ya sé que todas tienen techo real o virtual, pero eso un juez no lo termina de ver) yo como guía le digo que no pasa nada porque entre dentro de un pecio con un 12L a 30 metros y que se dé unas vueltas por dentro sin tender hilo guía y con una formación de OWD.
A mi modo de ver, esta última actuación encajaría a la perfección en el homicidio imprudente, ya que el guía (GG Fedas, o DM, o Instructor o lo que sea, quien planifica la inmersión y la víctima deposita su confianza en él) asume la posición de garante y comete una imprudencia al empujar a una persona a bucear fuera de sus límites de "skills" y formación.
Esto tiene poco que ver con que el guía cobre o no cobre. Hablamos de responsabilidad penal. Y la diferencia entre que cobre o no cobre es que la responsabilidad civil sea contractual o extracontractual. Pero eso es otra cosa.
Ahora bien, como en casi todos los procesos penales, el problema es de prueba. ¿existen pruebas de que alguien asumió la dirección del grupo y la planificación de la inmersión? Si es una inmersión de un centro o club de buceo en la que queda un registro, es relativamente sencillo probar quien lideraba la inmersión. Pero si somos un grupo de amigos y simplemente quedamos para una inmersión, por el hecho de que uno tenga más titulación que el otro se considera responsable? Pues no, o al menos no automáticamente. Si yo soy instructor y a mi lado va un divemaster que es de la zona, yo soy de otro sitio, él conoce el entorno y nos explica él lo que nos vamos a encontrar debajo del agua, el responsable será él, no yo aunque sea Course Director. Eso sí, como digo siempre, el Derecho no son matemáticas, cada caso es distinto y cada Juez y Fiscal son distintos. Y como mínimo, si hay una muerte es casi seguro que va a haber una investigación penal y que van a ser investigados todos aquellos que formen parte de la inmersión con ciertos visos de haberla guiado.

Sobre la responsabilidad civil. Pues aquí hay varias cosas que decir. La primera, que la responsabilidad civil no la puede conceder el Juez de oficio, la tiene que pedir una de las partes, por tanto, uno de los herederos de la víctima tiene que pedir una responsabilidad civil y pedírsela a alguien. Tiene que decir: "yo creo que el responsable de la muerte de mi hermana es este señor y por eso le pido 100.000 euros de indemnización". Lo segundo, puede darse esa responsabilidad civil aunque no exista dolo o imprudencia. Es decir, puede ser meramente accidental la muerte, puede que no tenga relevancia penal, pero puede que aún así, el responsable del accidente sea yo. Un ejemplo claro es el conductor que se despista y atropella a un peatón que cruza por donde no debe. El no tiene ninguna responsabilidad penal, pero sin embargo su seguro tendrá que pagar la indemnización del peatón. Porque de forma fortuita, ha causado un perjuicio a otra persona. Sin culpa, pero la ha causado.
Entonces, ¿siempre que haya un accidente, el centro de buceo o su seguro tendrá que hacerse cargo? Pues tampoco. Esto es muy discutible, ya que la propia acción de bucear es una actividad peligrosa. El agua es un medio incompatible con la vida humana y nosotros sabemos que corremos un riesgo cada vez que entramos en ella. Por eso existe le figura de "riesgo voluntariamente asumido". Os pongo un ejemplo muy chusco pero que fue real. Una mami con su nene que va a la cabalgata de reyes. Los reyes magos tiran caramelos y paquetes de caramelos (algunos paquetes la verdad es que parecen nunchakus) un paquete de caramelos le da al nene en las gafas y se las rompe y le hace un pequeño corte en la cara que le deja una cicatriz de un centímetro. La mami demanda por vía civil, el juez dice que si uno se pone en la trayectoria de caramelos, entra dentro de lo previsible llevarse un caramelazo. Por tanto, ¿cuando buceamos hay un riesgo voluntariamente asumido? Pues si la inmersión está dentro de nuestro rango, el DM hace todo lo que debe hacer y yo por mi propia actuación o porque me da un infarto debajo del agua, o porque contra las indicaciones del DM me alejo del grupo y me meto en un berenjenal la palmo, pues he asumido un riesgo y la responsabilidad es únicamente mía.

Y ahora que veo todo lo que he escrito, me da que en vez de aclarar nada os he liado más. Pero... el Derecho, como decía antes, no son matemáticas.

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arnaiz
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#72 Mensaje por arnaiz »

Gracias por tu apunte letrado. Quedamos en manos de la interpretación del Juez.

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Toño_diver
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#73 Mensaje por Toño_diver »

Gracias,no hay como hablar de lo que se sabe.
Toño.

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CHINIJASUB
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#74 Mensaje por CHINIJASUB »

charlie hebdo escribió:
Pues ya que pedías la opinión de un experto y soy abogado....

Gracias, al fin alguien dice algo "claro" sobre la responsabilidad de los accidentes. Esperemos no vernos envueltos en ninguno pero si tenemos la mala fortuna de que ocurra algo, entiendo que da igual nuestro papel, estaremos en las manos del juez.
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charlie hebdo
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#75 Mensaje por charlie hebdo »

También tengo que decir una cosa. Siempre estamos en manos de un juez. No me gustaría que quede la idea de que esto es una lotería. Si castigas a tu hijo y lo dejas encerrado en casa, puede haber un fiscal que inste un proceso penal por detención ilegal, pero esto no quiere decir que los jueces o los fiscales hagan lo que les dé la gana.

En cualquier juicio existe un juego de pruebas y de presunciones. Cuando en una inmersión hay un instructor o un Dice Master, hay una presunción de que es él quien se responsabiliza de la inmersión, pero es una presunción iuris tantum, es decir, que admite prueba en contrario. Si no hay más pruebas, pues sí, el marrón para el Dive Master. Pero si el resto de buzos dicen que quien guiaba era un advanced porque vive a 100 metros de la cala donde estábamos buceando, pues el juez tendrá que valorar esa prueba.
Con esto tampoco estoy diciendo que antes de meteros al agua firméis todos un documento en el que se dice el papel de cada uno. Recuerdo hace años que Rivermar te hacía firmar un documento de descargo de responsabilidad (que no tenía ningún valor legal, por otra parte), pero vamos, que si antes de meteros al agua, todos tenéis claro quien guía, mucho mejor.

Y para ilustrar con un ejemplo práctico, se produjo un accidente/homicidio en Palma de Mallorca sobre el año 2013, en el que un tío le hinchó a tope el Jacket a su novia, la chica salió como un globo y la palmó en el ascenso. Pues el asunto se ventiló en un juicio de faltas (lo que ahora sería un juicio por delito leve) en el que fue condenado por una falta de imprudencia con resultado de muerte, vamos, que después de esa cabestrada, lo que le metieron fue una multa y no demasiado cuantiosa. Y lo recurrieron, es decir no sólo fue lo que dijo el juez de instrucción, es que en la Audiencia Provincial de Palma confirmaron esa sentencia.
Es un caso curioso, porque posteriormente hubo un juicio civil contra la aseguradora, la aseguradora quería librarse de pagar porque decía que la inmersión se había producido por debajo de los 40 metros (límite de cobertura de la póliza) y el juez lo que vino a decir es que es la aseguradora la que tiene que probar que dicha inmersión se produjo por debajo de los 40 metros y no consiguió probarlo. O al menos no consiguió probar que la chica hubiera bajado más de 40 metros, por lo que la aseguradora tuvo que pagar.

En fin, como casi siempre en Derecho, problemas de prueba.

Edito para añadir que hay algunos más argumentos legales para que por el simple hecho de haberte sacado el Divemaster seas inmediatamente responsable de lo que pase en la inmersión, no los pongo aquí porque no quiero darle pistas a los abogados de las aseguradoras, pero si algún día os veis en un problema de esos, poneos en contacto conmigo.

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JuanGi
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#76 Mensaje por JuanGi »

Gracias Charlie,

Para mí, por lo que habéis expuesto los más expertos, está claro que si se actúa con responsabilidad, sentido común, dentro de la ley y de nuestras capacidades, aún pudiendo haber accidentes, lo más probable es que tanto el juez como los damnificados lo consideren como lo que son, accidentes, un riesgo inherente a la actividad de buceo.

Yo por mi parte, con amigos y sin guía, evitaré inmersiones como la del naranjito, porque la responsabilidad asumida es muy grande y para menos de 15 minutos de fondo creo que no merece la pena el riesgo.

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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#77 Mensaje por MrGreen »

Mil gracias, un gran aporte.

Estaría genial que abrieses un hilo contando todo lo que podría ser de utilidad para los buceadores a nivel legal. Aquí tendrías a un lector atento ^^

Un saludo y, de nuevo, gracias

charlie hebdo
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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#78 Mensaje por charlie hebdo »

AlvaroGranell escribió:Mil gracias, un gran aporte.

Estaría genial que abrieses un hilo contando todo lo que podría ser de utilidad para los buceadores a nivel legal. Aquí tendrías a un lector atento ^^

Un saludo y, de nuevo, gracias
Te lo agradezco y me lo pongo como propósito de año nuevo, pero de todos modos, poco más se puede añadir, el resto sería simplemente legislación administrativa, sobre títulos para patronear, sobre donde se puede o no bucear y sinceramente eso me resulta un coñazo. Tendría que ponerme a revisar legislación y si no me queda más remedio lo haré cuando me surja un asunto de esto, pero hay que ser muy cafetero para repasar derecho administrativo por vicio :D :D :D
Un abrazo.

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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#79 Mensaje por AndresPP »

charlie hebdo escribió:También tengo que decir una cosa. Siempre estamos en manos de un juez. No me gustaría que quede la idea de que esto es una lotería.
La experiencia que tengo con tribunales españoles es precisamente esa, que todo es una lotería en la que puede salir cualquier cosa. :roll:

Y creo que el caso que mencionas se produjo en Canarias, no en Palma de Mallorca. :wink:
In flying I have learned that carelessness and overconfidence are usually far more dangerous than deliberately accepted risks.

W. Wright, pionero de la aviación, carta a su padre de septiembre de 1900.

“La mente hace su propio lugar, y en sí misma puede hacer un cielo del infierno, y un infierno del cielo.” (John Milton)

Buen azul,
Andrés

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Re: Todas mis inmersiones deben estar firmadas por Dive Mas

#80 Mensaje por MrGreen »

AndresPP escribió:Y creo que el caso que mencionas se produjo en Canarias, no en Palma de Mallorca. :wink:
No sé si se refiere a otro, pero aquí tuvimos un accidente que corresponde a esa descripción en la reserva marina del Toro.

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