Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

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bal.lenato-icemaker
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Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

#1 Mensaje por bal.lenato-icemaker »

Hola:
ya que es entendible que los particulares podamos no tener una idea clara de qué hacer si en una inmersión nos encontramos un objeto que pudiera ser arqueológico, me gustaría dejar mi aportación sobre qué es lo que hay que hacer en estos casos (al menos según la ley en Catalunya); eso sí: lo primero es dejar claro que en nuestras inmersiones “no se toca nada, no se saca nada del agua”: esto me lo enseñaron en mi primer día de curso.

Decreto 78/2002, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico i paleontológico de Catalunya. Artículo 22:

“En el caso de hallazgos subacuáticos, los restos deben permanecer siempre en su emplazamiento original. Las personas que los descubren deben hacer la comunicación del hallazgo de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior y deben acompañar a los técnicos designados por la Dirección General del Patrimonio Cultural al lugar donde éste se ha producido”.

Si alguien quiere añadir cómo está la legislación en otras comunidades autónomas, creo que sería interesante para todos.

Saludos y buenas inmersiones.
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Rande_1702
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Re: Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

#2 Mensaje por Rande_1702 »

Excelente iniciativa. A ver si así unificamos toda la legislación en un post.

En Galicia, la Federación acaba de colgar un par de enlaces sobre el tema: http://www.fegas.net/arqueologia/

Y, ya puestos en materia: LIBRO VERDE del Plan de Protección del Patrimonio Subacuático (Ministerio de Cultura): http://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/are ... acion.html

Convención UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático 2001: http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ ... N=201.html

bal.lenato-icemaker
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Re: Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

#3 Mensaje por bal.lenato-icemaker »

Gracias, Rande_1702. :ok1:

Ésta es genérica y estatal, pero algo aporta: Ley del Patrimonio Histórico Español https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-12534

Salud
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julimardel
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Re: Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

#4 Mensaje por julimardel »

Si bien es cierto que la legislación relativa a patrimonio subacuático esta delegado a las CC.AA. todas se rigen por la Convención de la UNESCO 2001 sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de la cual España es país firmante.

http://www.unesco.org/new/es/culture/th ... onvention/

Ahí tienen una buena praxis de que hacer en caso de hallazgo arqueológico.
Pero lo básico: no tocar ni mover nada, si tienen cámara fotográfica hacer la mayor cantidad de fotos posibles de todos los ángulos posibles, tomar puntos de referencia para poder encontrar otra vez el lugar del hallazgo y notificar a la autoridad de patrimonio competente (en función de la CC.AA. varia, pero con avisar al ayuntamiento para que deleguen en principio es suficiente)

Saludos y buenos buceos! :ok1:

bal.lenato-icemaker
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Re: Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

#5 Mensaje por bal.lenato-icemaker »

Muchas gracias, julimardel.
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PEP FILLAT
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Re: Qué hacer si en inmersión encontramos un objeto.

#6 Mensaje por PEP FILLAT »

En el departamento de la FECDAS, dirigido por Carles Aguilar, también está muy bien descrito que hacer, como proceder y algo de reglamentación.

http://www.fecdas.cat/agenda_list.php?m ... Arq.%20Sub.

En la FEDAS, se está reorganizando el mapa web para abarcar el ámbito nacional y ser un punto de consulta, para todos aquellos clubes, centros y buceadores de a pie.

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