Legislación sobre responsabilidad

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Molga
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Legislación sobre responsabilidad

#1 Mensaje por Molga »

Buenas tardes. Antes de nada felicitarles el nuevo año.
Siempre he escuchado que cuando un grupo de buceadores, de forma particular, van al agua y ocurre algún accidente,la responsabilidad recae sobre quien tenga mayor titulación. No sé si es uno de esos bulos que van pasando de boca en boca o si realmente en España existe una Normativa que así lo exponga. Agradecería que me facilitaran las normas, leyes, reales decretos,... en particular relacionado con las Islas Canarias, que afectan a nuestra actividad de forma recreativa.
Por mucho que he preguntado en el Gobierno de Canarias, no tienen ni idea sobre el tema y sólo me remiten a la Norma del año 97.

Muchas gracias !!!!!

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pira
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#2 Mensaje por pira »

La norma del 97 dice que el responsable del buceo será aquel que tenga mayor titulación y organice/ planifique el buceo

Puedes buscar en el boe de octubre de 1997 o legislación española sobre buceo y allí te saldrá en el ámbito del buceo recreativo
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Ramon
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#3 Mensaje por Ramon »

Si, así es. Pero debe distinguirse que la responsabilidad de la persona con mayor titulación recaerá en ella si el grupo bucea como tal; es decir, si vamos 10 amigos a bucear, y el grupo se subdivide por parejas, que bucean cada una por su lado, no puede reclamarse responsabilidad a otra persona, de mayor titulación, pero que se encuentra buceando en otro subgrupo.
En mi opinión, es un error atribuir dicha responsabilidad a esta persona, empezando porque deberíamos ponernos de acuerdo primero en lo que va a entender el juez (que no suele ser buceador) por persona con "mayor titulación".
¿Qué significa "mayor titulación"?¿Se refiere a titulación como buceador o como formador? Es decir, qué consideramos como persona con mayor experiencia bajo el agua: ¿un divemaster o instructor o guía de buceo con 3000 inmersiones o un instructor 2 estrellas o OWSI con 200 buceos?
Está claro que entre una persona que empieza, un Open o B1E y un buceador Avanzado, parece que es más claro, no? Pero conozco a muchos amigos con titulación B2E con centenares de buceos y a Master divers, con 70, por ejemplo.
Eso se complica cuando se mezclan buceadores con diferente titulación, por ejemplo buceadores deportivos con buceadores comerciales y/o buceadores militares/GEAS. En algunos estamentos se considera que las titulaciones comerciales y/o militares suponen mayor grado que su equivalente deportivo. ¿Realmente es así? ¿Habéis visto bucear a un buceador comercial y a un buceador técnico, por ejemplo, en una inmersión recreativa? ¿Habéis visto la diferencia de acuaticidad entre uno y otro?

HAce unos años fui a bucear con un amigo, buceador comercial (mariscador). llevaba 19 años buceando, casi diariamente, a un promedio de unas 2,5-3 horas cada día, mariscando, en fondos de 0,5m a 3 m. Para su trabajo, iba lastrado con unos 18 kg de lastre. Miles de horas de buceo acumuladas.
Me lo lleve a Medes. La verdad es que le advertí que iba con exceso de lastre, antes de saltar. Lo que ignoraba es que llevaba mucho más, repartido entre tobillos, bolsillos de lastre y espalda. El descenso lo hizo , literalmente, "a plomo" por el cabo de fondeo, incrustándose en el fondo. Le seguí, blasfemando en mi interior, mientras le quitaba (arrancaba, más bien) su lastre. EL hombre parecía perdido. Incapaz de neutralizarse correctamente, aborté la inmersión y subimos. En cubierta, solos, le dije que para bucear ahí era imprescindible tener buena flotabilidad. En general, para bucear en cualquier lugar, eso era fundamental.
ME argumentó que si pensaba que yo lo hacía mejor,m que le acompañase un día a su trabajo, así, tal cual, sin lastre, como iba yo. A ver cuánto duraba.
Era evidente que ninguno le podía recriminar al otro falta de titulación, de conocimiento. Pero sí de adaptación al medio.

Por eso considero que debería revisarse esa ley y derogarla para su correcta actualización.

Buen azul,

Ramon
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Molga
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#4 Mensaje por Molga »

pira escribió:La norma del 97 dice que el responsable del buceo será aquel que tenga mayor titulación y organice/ planifique el buceo

Puedes buscar en el boe de octubre de 1997 o legislación española sobre buceo y allí te saldrá en el ámbito del buceo recreativo
Parece que esa es la única Norma, la del 97. Pero lo que dice es que el de mayor titulación es el responsable de la planificación y preparación de la inmersión. Pero eso no es que sea el responsable durante el buceo pq puede planificar y preparar y luego no ir al agua.

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Sevigrino
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#5 Mensaje por Sevigrino »

La atribución de responsabilidad derivada de un accidente de buceo yo entiendo que será absolutamente casuística, es decir, que dependerá de los hechos ocurridos y sus consecuencias. La norma establece que el buceador de mayor titulación será el responsable de la planificación y guía del grupo, pero eso no le carga con la responsabilidad de las conductas negligentes de los buceadores del grupo que puedan ocasionar un accidente, puesto que el guía no es "superman" y si un buceador inexperto que vaya 8 metros por detrás del guía se boya de manera súbita poco podrá hacer el guía y ninguna responsabilidad tendrá en los daños del boyado. Como se dice en Derecho "pleitos tengas y los ganes" porque cada caso será absolutamente distinto a los demás. Que llevar a un grupo supone una responsabilidad y un compromiso que, en la mayoría de los casos, subestimamos es un hecho, pero de ahí a que el líder/guía sea el pagano de todo va un abismo.

También, como se dice en el argot, "salvo mejor criterio fundamentado en Derecho"...

Saludos,
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Mitus
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#6 Mensaje por Mitus »

La verdad es que si es así podría dar lugar a casos que a mí entender son absurdos. Por ejemplo, imaginemos un caso en el que un instructor de, digamos, Cádiz se va de vacaciones por primera vez a un centro de buceo de, digamos, El Hierro donde la persona que actúa de guía es un divemaster. Si en esa inmersión hay algún percance, ¿el responsable es el instructor (que no deja de ser un turista/cliente)? ¿se supone que el instructor debe planificar la inmersión incluso aunque no conozca la zona y el guía del centro sí? La verdad es que no le veo sentido, quiero pensar que esto no se aplica a rajatabla :shock: .

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Re: Legislación sobre responsabilidad

#7 Mensaje por Andonidiver »

Mitus escribió:La verdad es que si es así podría dar lugar a casos que a mí entender son absurdos. Por ejemplo, imaginemos un caso en el que un instructor de, digamos, Cádiz se va de vacaciones por primera vez a un centro de buceo de, digamos, El Hierro donde la persona que actúa de guía es un divemaster. Si en esa inmersión hay algún percance, ¿el responsable es el instructor (que no deja de ser un turista/cliente)? ¿se supone que el instructor debe planificar la inmersión incluso aunque no conozca la zona y el guía del centro sí? La verdad es que no le veo sentido, quiero pensar que esto no se aplica a rajatabla :shock: .
Ante el desconocimiento de la judicatura, en general, es casi seguro que tiran de lo que esta escrito y se puede leer y pone claramente, que el responsable de la inmersión , es el buceador de mas titulación, a partir de ahí se abre todo un mundo de interpretaciones.
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#8 Mensaje por Dugongo »

Andonidiver escribió:
Mitus escribió:La verdad es que si es así podría dar lugar a casos que a mí entender son absurdos. Por ejemplo, imaginemos un caso en el que un instructor de, digamos, Cádiz se va de vacaciones por primera vez a un centro de buceo de, digamos, El Hierro donde la persona que actúa de guía es un divemaster. Si en esa inmersión hay algún percance, ¿el responsable es el instructor (que no deja de ser un turista/cliente)? ¿se supone que el instructor debe planificar la inmersión incluso aunque no conozca la zona y el guía del centro sí? La verdad es que no le veo sentido, quiero pensar que esto no se aplica a rajatabla :shock: .
Ante el desconocimiento de la judicatura, en general, es casi seguro que tiran de lo que esta escrito y se puede leer y pone claramente, que el responsable de la inmersión , es el buceador de mas titulación, a partir de ahí se abre todo un mundo de interpretaciones.

No Andoni, no pone eso, pone que es el responsable de planificar y guiar. Y si lo pone como dices tú, por favor indícame dónde porque no lo encuentro. Con todo y con eso, estoy con Sevigrino, es cuestión de casuística.
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#9 Mensaje por Andonidiver »

Antes de nada , un saludo Dugongo (hacia tiempo que no sabia nada de ti)

Efectivamente , pone "planificar y guiar", me e dejado llevar por un caso cercano, en el que tras un accidente, al que llamaron a juicio fue al buceador con mas titulación, aunque este no era el compañero del accidentado, al final no fue a mas, pero de momento el marrón, de contratar abogado para que le represente y defienda en el juicio, no se lo quito nadie.
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#10 Mensaje por Dugongo »

Un saludo a ti también, no me prodigo mucho por aquí.

Como bien has dicho, y el ejemplo que has vivido, una cosa es que te llamen a declarar y otra es que te metan el paquete. Desde luego yo como abogado no leo en ningún sitio de la ley que la responsabilidad de un accidente recaiga en el buceador de mayor titulación, tengo bastante claro que la cosa será cuestión de cada caso, y desde luego la responsabilidad será del causante del hecho, por acción u omisión.

Por último decir que contratar un abogado nunca es un marrón, :jajaja: :disim: .
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Sevigrino
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#11 Mensaje por Sevigrino »

Dugongo escribió: Por último decir que contratar un abogado nunca es un marrón, :jajaja: :disim: .
Puede... pero si que es lo que decía Enrique Iglesias... "una experiencia peligrosa... digo... religiosa"! :lol:
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#12 Mensaje por k l i k »

Dugongo escribió:
Por último decir que contratar un abogado nunca es un marrón, :jajaja: :disim: .
Mas bien suele ser al revés, hay marrones que puede solventar un abogado
.
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AndresPP
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Re: Legislación sobre responsabilidad

#13 Mensaje por AndresPP »

La ley está muy mal hecha, tanto técnica como jurídicamente es un churro.

Y luego está el problema de los jueces, que me parece que entre ellos hay una proporción de frikis bastante superior a la de la media de la población en general.

Como dicen los gitanos: pleitos tengas....
In flying I have learned that carelessness and overconfidence are usually far more dangerous than deliberately accepted risks.

W. Wright, pionero de la aviación, carta a su padre de septiembre de 1900.

“La mente hace su propio lugar, y en sí misma puede hacer un cielo del infierno, y un infierno del cielo.” (John Milton)

Buen azul,
Andrés

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